El Bloque de Defensa Urbana de De La Espriella abre un debate sobre sus alcances y límites constitucionales

Aunque el anuncio ha recibido respaldo de algunos mandatarios regionales, especialmente por el deterioro de la seguridad en varias capitales, el contenido del decreto aún es desconocido. Esa ausencia de detalles ha dado lugar a interrogantes sobre el verdadero alcance del llamado Bloque de Defensa y sobre las herramientas jurídicas con las que contará para desarrollar sus funciones - Foto: Archivo/Mauricio Vanegas

Aunque el anuncio ha recibido respaldo de algunos mandatarios regionales, especialmente por el deterioro de la seguridad en varias capitales, el contenido del decreto aún es desconocido. Esa ausencia de detalles ha dado lugar a interrogantes sobre el verdadero alcance del llamado Bloque de Defensa y sobre las herramientas jurídicas con las que contará para desarrollar sus funciones - Foto: Archivo/Mauricio Vanegas

El presidente electo Abelardo de La Espriella anunció que el primer decreto que firmará el próximo 7 de agosto será la creación del Bloque de Defensa para la Seguridad Urbana, una estrategia con la que pretende enfrentar delitos como la extorsión, el homicidio y el hurto en las principales ciudades del país. La iniciativa fue presentada como el eje inicial de su política de seguridad y contempla una coordinación con alcaldes y gobernadores para fortalecer la respuesta institucional frente a la criminalidad.

Según explicó el mandatario electo, ya inició conversaciones con los alcaldes de Bogotá, Medellín, Barranquilla, Cali y Bucaramanga para diseñar una estrategia conjunta que permita desplegar “la más grande operación de seguridad urbana en Colombia”. La propuesta responde a una de las principales banderas de su campaña presidencial: recuperar el control territorial mediante una política de mano dura frente a la delincuencia.

Aunque el anuncio ha recibido respaldo de algunos mandatarios regionales, especialmente por el deterioro de la seguridad en varias capitales, el contenido del decreto aún es desconocido. Esa ausencia de detalles ha dado lugar a interrogantes sobre el verdadero alcance del llamado Bloque de Defensa y sobre las herramientas jurídicas con las que contará para desarrollar sus funciones.

Desde el punto de vista constitucional, el presidente sí cuenta con facultades para reorganizar la acción de la Fuerza Pública. Como comandante supremo de las Fuerzas Militares puede ordenar operaciones conjuntas, crear comandos de coordinación entre Ejército y Policía, fortalecer grupos especializados y priorizar determinadas zonas del país mediante actos administrativos, siempre que utilice estructuras ya existentes dentro del Estado.

En ese sentido, si el Bloque de Defensa para la Seguridad Urbana consiste en un mecanismo de articulación entre la Policía Nacional, las Fuerzas Militares, la Fiscalía General de la Nación y las autoridades locales, la figura podría implementarse mediante decreto sin necesidad de una ley aprobada por el Congreso. Colombia ha recurrido anteriormente a comandos conjuntos, fuerzas de tarea y planes especiales de seguridad para enfrentar amenazas específicas.

Sin embargo, los límites constitucionales aparecen si el decreto pretende ir más allá de una reorganización administrativa. El presidente no puede crear por decreto una nueva fuerza armada distinta de las previstas en la Constitución, modificar competencias asignadas por la ley, otorgar funciones de policía judicial a organismos que no las poseen o crear estructuras permanentes con nuevas atribuciones sin respaldo legislativo.

La principal preocupación surge porque el anuncio coincide con otra de las propuestas más controvertidas de la campaña de De La Espriella: la denominada “Primera Línea de Seguridad”, una iniciativa mediante la cual planteó incorporar reservistas y militares retirados para reforzar las labores de protección ciudadana. Esa propuesta ya había generado cuestionamientos por parte de expertos en seguridad y constitucionalistas, quienes advirtieron sobre la necesidad de definir con absoluta claridad las funciones que eventualmente desempeñarían esas personas.

Los críticos sostienen que, si un eventual Bloque de Defensa terminara incorporando civiles, reservistas o militares retirados con funciones permanentes de patrullaje, vigilancia o control territorial, podrían abrirse debates constitucionales sobre el monopolio estatal del uso de la fuerza. También advierten que un esquema de esa naturaleza exigiría controles rigurosos para evitar confusiones sobre la cadena de mando, la responsabilidad disciplinaria y el respeto por los derechos humanos.

Esa discusión ha dado paso a críticas más severas desde sectores de oposición y organizaciones de derechos humanos, que han llegado a plantear el riesgo de que una figura mal diseñada pueda recordar experiencias de autodefensas o estructuras parapoliciales del pasado. No obstante, hasta el momento no existe evidencia de que el decreto anunciado contemple la creación de un grupo armado irregular, pues su contenido aún no ha sido divulgado. Las comparaciones con el paramilitarismo responden a preocupaciones expresadas por algunos sectores políticos, pero no a disposiciones conocidas del proyecto.

Precisamente por esa falta de detalles, el debate continúa abierto. Si el Bloque de Defensa termina siendo una instancia de coordinación entre instituciones que ya existen, su implementación tendría un sustento jurídico relativamente sólido. Si, por el contrario, implica la creación de nuevos cuerpos de seguridad, la participación operativa de reservistas o la asignación de funciones que excedan las facultades presidenciales, el decreto probablemente enfrentará demandas ante la jurisdicción contencioso-administrativa e incluso eventuales controversias constitucionales.

El anuncio confirma que la seguridad será una de las prioridades del nuevo gobierno y anticipa uno de los primeros debates jurídicos y políticos de la administración de Abelardo de La Espriella. Mientras sus seguidores consideran que el país necesita medidas extraordinarias para enfrentar el crecimiento de la criminalidad urbana, sus críticos insisten en que cualquier reforma deberá respetar el marco constitucional y evitar que la búsqueda de mayor seguridad termine desdibujando los límites institucionales que regulan el ejercicio legítimo de la fuerza por parte del Estado.

Etiquetado: