La nueva ley de sometimiento revive los dilemas que dejó Justicia y Paz

El ministro de Justicia, Iván Cancino, ha insistido en que la iniciativa no será una nueva versión de una negociación de paz. Según el Gobierno, las condiciones serán fijadas por el Estado y quienes quieran acogerse tendrán que aceptarlas, en lugar de sentarse con las autoridades a discutir el contenido de los beneficios - Foto: Ministerio de Justicia

El ministro de Justicia, Iván Cancino, ha insistido en que la iniciativa no será una nueva versión de una negociación de paz. Según el Gobierno, las condiciones serán fijadas por el Estado y quienes quieran acogerse tendrán que aceptarlas, en lugar de sentarse con las autoridades a discutir el contenido de los beneficios - Foto: Ministerio de Justicia

El Gobierno de Abelardo de la Espriella prepara una nueva ley de sometimiento a la justicia para integrantes de estructuras armadas ilegales. El proyecto busca establecer un mecanismo para que quienes abandonen las armas y entreguen información sobre sus actividades puedan acceder a beneficios penales, pero sin negociar con las organizaciones ni reconocerles estatus político.

El ministro de Justicia, Iván Cancino, ha insistido en que la iniciativa no será una nueva versión de una negociación de paz. Según el Gobierno, las condiciones serán fijadas por el Estado y quienes quieran acogerse tendrán que aceptarlas, en lugar de sentarse con las autoridades a discutir el contenido de los beneficios.

La propuesta todavía no se conoce en su versión definitiva. El Gobierno había informado que el texto estaba en revisión de la Presidencia y Cancino anunció el 5 de octubre que su presentación al Congreso ocurriría esta semana o, a más tardar, la siguiente. Por eso, varios de sus detalles todavía pueden cambiar durante la discusión legislativa.

Lo que sí se conoce permite anticipar una estructura basada en incentivos penales. Los integrantes de las organizaciones tendrían que contribuir al esclarecimiento de delitos, entregar información sobre las estructuras y sus economías ilegales, reparar a las víctimas y cumplir las condiciones establecidas por el Estado.

Uno de los elementos anunciados es la reducción de las condenas. Cancino explicó que los integrantes con funciones de liderazgo o mando podrían obtener una rebaja de hasta 30 %, mientras que otros miembros de las estructuras podrían acceder hasta a 50 %, siempre que cumplan las condiciones del mecanismo.

El beneficio, según el Gobierno, no sería automático. La entrega de información, la verdad, la reparación, el desarme y la colaboración con las autoridades serían parte de las obligaciones que determinarían el acceso al tratamiento penal especial. Además, quienes oculten posteriormente bienes o información podrían perder los beneficios.

Las víctimas ocuparían un lugar central en el modelo anunciado. Cancino ha señalado que tendrán incidencia en decisiones relacionadas con beneficios y eventuales suspensiones de condenas, mientras que los sometidos deberán aportar información sobre los hechos que las afectaron y contribuir a su reparación.

El Gobierno también pretende que los integrantes de las estructuras revelen información que vaya más allá de los delitos directamente cometidos por ellos. Entre los datos mencionados aparecen las rutas de movilidad, las fuentes de financiación, las economías ilícitas, los hechos de corrupción y los posibles vínculos con actores políticos.

Otro punto de la propuesta es la entrega de los bienes obtenidos ilícitamente. El Ejecutivo ha planteado que quienes ingresen al mecanismo deberán entregar la totalidad de los activos relacionados con sus actividades criminales, una condición que busca evitar que los beneficios judiciales terminen acompañados de la conservación de las fortunas construidas ilegalmente.

En este punto aparece una de las primeras coincidencias con la Ley 975 de 2005, conocida como Justicia y Paz. Aquel modelo también vinculó los beneficios jurídicos con la contribución a la verdad, la entrega de bienes y la reparación de las víctimas, aunque fue diseñado en un contexto de desmovilización de estructuras paramilitares y bajo una arquitectura judicial diferente.

La Ley 975 surgió para regular la reincorporación de integrantes de grupos armados organizados al margen de la ley y estableció un sistema de justicia transicional. Con el tiempo, ese modelo se convirtió en una de las principales fuentes institucionales para conocer estructuras, patrones de violencia y hechos cometidos durante el conflicto.

La nueva propuesta pretende marcar distancia precisamente en ese punto. Cancino ha señalado que no habrá estatus político, mesas de negociación, zonas de concentración ni una jurisdicción especial para quienes se sometan. Los procesos continuarían dentro de la justicia ordinaria y las personas permanecerían sometidas a las reglas penitenciarias generales.

Sin embargo, la diferencia en la arquitectura jurídica no elimina la coincidencia fundamental: el Estado ofrece una respuesta penal diferenciada a cambio de que integrantes de organizaciones ilegales abandonen sus actividades y entreguen información, bienes y colaboración para esclarecer los crímenes.

Esa fórmula fue precisamente uno de los elementos que generó controversia alrededor de Justicia y Paz. El debate no se limitó a determinar si los integrantes de grupos armados debían recibir beneficios, sino a establecer si esos beneficios estaban suficientemente condicionados a la verdad, la reparación y la satisfacción de los derechos de las víctimas.

Uno de los principales problemas señalados durante la aplicación de Justicia y Paz fue la dificultad para obtener una verdad completa. La información dependía en buena medida de las versiones entregadas por los propios desmovilizados, lo que planteaba el riesgo de confesiones parciales, omisiones y silencios sobre estructuras superiores, terceros y redes económicas.

Ese problema podría reaparecer bajo la nueva ley si los incentivos penales terminan concentrándose en la información que cada integrante decide entregar. El desafío será determinar cómo comprobar que la confesión es completa y qué consecuencias tendrá para quien oculte deliberadamente hechos, personas, bienes o estructuras.

La cuestión de los terceros es especialmente relevante. Si un integrante revela la existencia de empresarios, testaferros, funcionarios, políticos, financiadores o redes de corrupción, la información tendría que activar investigaciones independientes. De lo contrario, el sometimiento individual podría producir información fragmentaria sin llegar a afectar la estructura que permitió funcionar a la organización.

Algo similar ocurre con los bienes. No basta con que un integrante entregue propiedades registradas a su nombre si las principales fortunas de una organización están ocultas mediante familiares, testaferros, sociedades o negocios aparentemente legales. La capacidad institucional para rastrear esos activos será determinante para medir la eficacia real de la nueva fórmula.

Justicia y Paz también dejó una discusión sobre la reparación. Aunque el sistema produjo decisiones judiciales y reconoció derechos de miles de víctimas, el paso del tiempo y las dificultades para materializar las reparaciones se convirtieron en uno de los problemas señalados por las autoridades. El propio Cancino ha utilizado esa experiencia para advertir que una reparación que llega décadas después pierde parte de su capacidad de responder a las víctimas.

El tiempo constituye, de hecho, otro punto de comparación. El balance presentado por Cancino sobre Justicia y Paz registra cerca de 100 sentencias respecto de casi mil postulados, más de 16.000 hechos judicializados, alrededor de 74.000 delitos y más de 127.000 víctimas reconocidas con algún tipo de reparación, según cifras con corte a marzo de 2025 citadas por el Ministerio.

La extradición representa una diferencia importante entre ambos modelos. La nueva propuesta mantiene los trámites de extradición y, según lo explicado por el Gobierno, el sometimiento en Colombia no los suspendería. Esa definición busca evitar que el acceso al mecanismo se convierta automáticamente en una barrera frente a solicitudes de otros países.

Pero incluso esa diferencia abre preguntas jurídicas y prácticas. Será necesario determinar cómo se coordinarán las obligaciones adquiridas por una persona ante la justicia colombiana con los procesos que tenga en otros países y qué ocurrirá con la verdad, los bienes y la reparación cuando parte de la condena se cumpla fuera de Colombia.

También existe un desafío más amplio: diferenciar el sometimiento individual del verdadero desmantelamiento de una organización. Que un jefe se entregue no significa necesariamente que desaparezcan sus rutas, finanzas, redes de corrupción, mecanismos de lavado de activos o estructuras de reemplazo. La efectividad de la ley dependerá, en buena medida, de que el mecanismo permita desmontar esas capacidades.

Por eso, varias de las críticas históricas a Justicia y Paz pueden convertirse en preguntas para el nuevo proyecto: cómo garantizar una verdad completa, cómo verificar la totalidad de los bienes, cómo investigar a los terceros mencionados, qué capacidad real tendrán las víctimas y qué sucederá cuando una organización continúe delinquiendo después de que algunos de sus integrantes se sometan.

La nueva ley, por tanto, no sería simplemente una repetición de Justicia y Paz, pero sí recuperaría una fórmula que Colombia ya utilizó: beneficios jurídicos condicionados a la colaboración con el Estado, la verdad, la entrega de bienes y la reparación. La diferencia estará menos en la existencia de esos incentivos que en la capacidad de las instituciones para impedir que las rebajas de pena terminen separadas del esclarecimiento completo de los crímenes y del desmantelamiento efectivo de las estructuras criminales.

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