La aprobación de la Ley “Átomos para la Vida” marca un cambio institucional importante para Colombia: por primera vez el país cuenta con un marco legal integral para regular las actividades relacionadas con tecnologías nucleares, materiales radiactivos y radiaciones ionizantes. El Congreso aprobó la iniciativa en junio de 2026, después de un trámite que recibió respaldo multipartidista.
La iniciativa había sido radicada en diciembre de 2024 por la entonces ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación, Yesenia Olaya, con el respaldo de la representante María del Mar Pizarro y congresistas de diferentes sectores políticos, además de académicos y expertos. Su propósito inicial fue construir una regulación para los usos seguros y pacíficos de la tecnología nuclear.
El elemento institucional más relevante es la creación de la Agencia Nacional de Seguridad Nuclear (ANSN). La entidad tendrá funciones de regulación, inspección y vigilancia sobre las actividades que involucren tecnologías nucleares, materiales nucleares, materiales radiactivos y radiaciones ionizantes.
La importancia de esta agencia radica en que la tecnología nuclear ya hace parte de la vida cotidiana del país. Colombia utiliza radiaciones ionizantes en hospitales, centros de investigación, industria y otros sectores. Por eso, la discusión no empieza con la eventual construcción de una central nuclear: comienza con ordenar y fortalecer actividades que ya existen.
Uno de los principales argumentos que impulsaron la ley fue sanitario. Los radiofármacos son utilizados para diagnosticar y tratar enfermedades, especialmente diferentes tipos de cáncer, pero Colombia depende actualmente de suministros provenientes del exterior. La legislación busca generar condiciones para desarrollar capacidades nacionales de producción.
El problema de la dependencia quedó expuesto durante diferentes episodios de interrupción del suministro internacional. El texto del proyecto recuerda, por ejemplo, que en noviembre de 2022 cerca del 85 % de las unidades de medicina nuclear del país experimentaron una suspensión temporal de actividades y que más de 3.000 pacientes con sospecha diagnóstica de cáncer o enfermedades cardiovasculares no pudieron ser atendidos.
La apuesta, por tanto, tiene una dimensión de soberanía sanitaria. Contar con capacidad para producir radiofármacos o garantizar de manera más estable sus insumos permitiría reducir la vulnerabilidad frente a interrupciones de reactores extranjeros, problemas logísticos o crisis internacionales. No significa que Colombia pueda producir inmediatamente todos estos medicamentos, pero sí que la ley establece condiciones institucionales para avanzar en esa dirección.
La norma también tiene una dimensión científica. El proyecto fue concebido para promover aplicaciones nucleares en campos como la medicina, la agricultura, la industria, la investigación y la protección ambiental. La intención es que la tecnología nuclear deje de ser vista exclusivamente desde la perspectiva de la energía y sea entendida como una herramienta transversal de ciencia y desarrollo.
En materia de seguridad, la ANSN tendrá competencias para otorgar licencias, establecer estándares técnicos, supervisar instalaciones, controlar el transporte de materiales radiactivos y coordinar respuestas ante emergencias radiológicas, además de contar con capacidades sancionatorias. Esto representa una modificación relevante frente a un esquema regulatorio que había sido considerado insuficiente y disperso.
La independencia del regulador constituye otro punto central. De acuerdo con análisis de la Universidad Nacional, Colombia necesitaba una autoridad nuclear y radiológica única, especializada e independiente incluso para poder plantearse seriamente, en el futuro, la incorporación de reactores nucleares destinados a producir electricidad.
Esto lleva a uno de los debates más interesantes alrededor de la ley: ¿es “Átomos para la Vida” una ley energética? La respuesta es que no principalmente. Su objetivo inmediato es regulatorio y científico. Sin embargo, al crear la institucionalidad que requiere un programa nuclear moderno, la norma elimina uno de los obstáculos que tendría Colombia si algún día decidiera incorporar generación nucleoeléctrica.
Eso no significa que la ley ordene construir una central nuclear. Una eventual decisión de ese tipo requeriría estudios técnicos, ambientales y económicos, inversiones de gran escala, formación de talento humano, selección de emplazamientos, gestión de residuos y procesos regulatorios adicionales. La legislación crea condiciones, pero no toma esa decisión energética.
La discusión energética sí adquiere relevancia porque Colombia enfrenta el desafío de garantizar electricidad confiable mientras transforma su matriz. La energía nuclear puede producir generación continua y con bajas emisiones de gases de efecto invernadero durante la operación, pero también implica costos elevados, largos periodos de construcción, exigentes estándares de seguridad y una gestión de residuos radiactivos que debe mantenerse durante largos periodos.
Precisamente por eso, la ley permite que la conversación sobre energía nuclear pueda darse con mayor rigor. En lugar de discutir exclusivamente desde posiciones ideológicas a favor o en contra, Colombia podrá contar con una autoridad especializada capaz de establecer requisitos técnicos y evaluar los riesgos de las distintas aplicaciones. La discusión energética, si llega, tendrá que partir de esa institucionalidad.
Otro aspecto significativo es el carácter pacífico de la legislación. El marco propuesto está orientado a los usos civiles y seguros de las tecnologías nucleares y se articula con las obligaciones internacionales asumidas por Colombia en materia de seguridad y no proliferación. El proyecto establece expresamente restricciones relacionadas con armas y dispositivos explosivos nucleares.
El proceso legislativo también resulta relevante. En mayo de 2026, el proyecto superó por unanimidad su tercer debate en la Comisión Primera del Senado, con respaldo de diferentes sectores políticos. Finalmente, la plenaria del Senado lo aprobó en junio. Ese recorrido muestra que, pese a la polarización política del país, el desarrollo de capacidades nucleares civiles consiguió construir un nivel considerable de consenso.
Ese consenso no surgió de manera espontánea. La iniciativa fue construida durante varios años y contó con participación de instituciones gubernamentales, universidades, expertos y organismos internacionales. Según Camilo Prieto Valderrama, director de la Red Nuclear Colombiana, el proyecto fue producto de un proceso de construcción de acuerdos entre sectores de Gobierno, oposición, instituciones y organismos internacionales.
También hay una dimensión de seguridad jurídica. Antes de esta ley, Colombia utilizaba tecnologías nucleares y radiológicas sin disponer de una autoridad regulatoria integral con las características que exige un sector de esta complejidad. La nueva arquitectura institucional puede facilitar tanto la protección de la población como el desarrollo de nuevas inversiones e investigaciones.
El desafío ahora es pasar de la ley a la implementación. Crear una agencia no basta: será necesario dotarla de recursos, personal especializado, capacidad técnica, independencia efectiva y mecanismos de coordinación con otras entidades del Estado. También será fundamental formar científicos, ingenieros, físicos médicos, radiofarmacéuticos y profesionales capaces de sostener una política nuclear de largo plazo.
En ese sentido, “Átomos para la Vida” puede terminar siendo más importante por lo que habilita que por lo que ordena inmediatamente. Su efecto más visible puede aparecer en la medicina nuclear y la producción de radiofármacos, pero su impacto potencial alcanza la investigación, la industria, la agricultura y, eventualmente, la discusión sobre generación eléctrica.
El verdadero reto será evitar que la ley quede reducida a una nueva estructura burocrática. Si la ANSN funciona con independencia, capacidad técnica y recursos suficientes, Colombia podrá fortalecer la seguridad de aplicaciones que ya utiliza y desarrollar nuevas capacidades científicas. Si además se consolida una política de investigación y formación de talento, el país podría reducir parte de su dependencia tecnológica.
Así, la Ley Nuclear “Átomos para la Vida” no convierte a Colombia en un país nuclear en términos energéticos, pero sí puede marcar el comienzo de una política nuclear moderna. La decisión más trascendental no es que el país vaya a construir una central, sino que finalmente estableció las reglas institucionales para decidir, con mayor información y capacidad técnica, qué usos de la tecnología nuclear quiere desarrollar y bajo qué condiciones.





