La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a 11 antiguos comandantes de las Farc-EP por crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos durante el conflicto armado en territorios del norte y nororiente de Colombia. Entre los señalados como máximos responsables se encuentran Rodrigo Londoño, conocido como Timochenko, y Pastor Lisandro Alape Lascarro, quienes hicieron parte del último Secretariado de esa organización guerrillera.
La decisión fue anunciada el martes 3 de noviembre de 2026 por la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas. El pronunciamiento hace parte del Caso 10, en el que se investigan los crímenes no amnistiables cometidos por las extintas Farc que no fueron abordados en otros expedientes de la Jurisdicción.
La imputación también tiene una conexión con el Caso 11, relacionado con las violencias sexuales, reproductivas, de género y por prejuicio cometidas durante el conflicto armado. La JEP determinó que estas prácticas no fueron hechos aislados, sino que en determinados contextos fueron utilizadas por la antigua guerrilla como mecanismos de castigo, intimidación y control contra la población civil.
Además de Timochenko y Pastor Alape, la decisión involucra a otros nueve antiguos comandantes que ejercieron responsabilidades de dirección en los bloques Caribe y Magdalena Medio. Por esta razón, la investigación busca establecer cómo las decisiones y actuaciones de los mandos nacionales y regionales se relacionaron con los crímenes cometidos en los territorios donde operaron esas estructuras.
Por el extinto Bloque Magdalena Medio fueron imputados Erasmo Traslaviña Benavides, conocido como Jimmy Guerrero; Pedro Trujillo Hernández, alias Alberto Cancharina, y Jairo Reinaldo Cala Suárez, quien fue conocido como Jairo Quintero o Jairo Mechas.
En cuanto al Bloque Caribe, también denominado Bloque Martín Caballero, los señalados son Abelardo Caicedo Colorado, alias Solís Almeida; Osmany Landero Fajardo, conocido como Hernando González; Gilberto de Jesús Giraldo David, alias Aldemar Altamiranda; Luis Alejandro Cuadras Solórzano, conocido como Leonardo Muñoz; Uriel Antonio Oviedo Aldana, alias Manuel Ortiz o Mañe, y Héctor Enrique Hernández López, conocido como Fabio Borges.
La JEP estableció que los 11 comparecientes fueron máximos responsables de diferentes crímenes de guerra, entre ellos homicidio, desplazamiento forzado, ataques intencionales contra la población civil, destrucción y apropiación de bienes, ataques contra bienes protegidos por el derecho internacional humanitario, tortura, tratos crueles, violación y violencia sexual. También les atribuyó responsabilidad por crímenes de lesa humanidad como asesinato, traslado forzoso de población, desaparición forzada y otros actos inhumanos.
La gravedad de estas conductas radica en que no se trató únicamente de enfrentamientos entre organizaciones armadas o acciones contra integrantes de la fuerza pública. La investigación documentó ataques contra campesinos, líderes comunitarios, docentes, comerciantes, autoridades locales, comunidades religiosas y personas que fueron señaladas de colaborar con sus adversarios o de desobedecer las órdenes de la guerrilla.
Uno de los principales hallazgos de la Jurisdicción fue la existencia de dos grandes patrones criminales. El primero estuvo relacionado con el control social y territorial que los bloques Caribe y Magdalena Medio impusieron en las zonas bajo su influencia. El segundo correspondió a los crímenes cometidos durante el desarrollo de las hostilidades, particularmente en tomas guerrilleras, emboscadas, ataques armados y utilización de explosivos.
En el primer patrón, la JEP identificó tres modalidades de actuación: persecución contra personas consideradas enemigas o colaboradoras de la fuerza pública y los grupos paramilitares; castigos contra quienes incumplían las normas de convivencia impuestas por la organización; y eliminación de autoridades locales mediante una estrategia de vacío de poder.
La investigación encontró que las antiguas Farc utilizaron amenazas, asesinatos, desplazamientos y desapariciones forzadas para someter a comunidades rurales. Las personas que se oponían a las órdenes de la guerrilla, cuestionaban sus decisiones o defendían la autonomía de sus organizaciones podían convertirse en objetivos de represalias.
Entre las organizaciones afectadas estuvieron las Juntas de Acción Comunal, la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos (ANUC) y la Asociación de Trabajadores Campesinos del Carare (ATCC), en Santander. Sus dirigentes y representantes fueron amenazados, asesinados o desplazados por oponerse a prácticas como el reclutamiento de menores, las extorsiones y otras imposiciones de la estructura armada.
Uno de los hechos de mayor gravedad documentados ocurrió en 2004 en la finca La Duquesa, ubicada en el sector de Río Chiquito, en Tibú, Norte de Santander. Según la reconstrucción de la JEP, integrantes del Frente 33 del Bloque Magdalena Medio llegaron alrededor de las cinco de la mañana, amarraron a los trabajadores que recolectaban coca y asesinaron a 34 campesinos, entre ellos dos menores de 15 y 17 años.
La masacre, de acuerdo con la investigación, tuvo como propósito recuperar el control de un territorio que la guerrilla estaba perdiendo ante la presencia de grupos paramilitares. El caso fue identificado como el ataque con mayor número de víctimas mortales contra trabajadores del campo dentro de los hechos documentados en el patrón de control social y territorial.
La violencia también estuvo dirigida contra comunidades religiosas y sus representantes. La JEP investigó, entre otros hechos, la tortura y el homicidio del sacerdote José Antonio Beltrán Monsalve, en Landázuri, Santander, en 1991; el asesinato del pastor Fredis Antonio Urueta Barreto, en Toluviejo, Sucre, en 2002, y la ejecución del sacerdote José Luis Cárdenas Fernández, en Chalán, ese mismo año.
Los docentes tampoco estuvieron al margen de las acciones de las estructuras guerrilleras. La investigación documentó presiones para que los maestros difundieran propaganda revolucionaria, amenazas y represalias contra quienes se oponían al reclutamiento de sus estudiantes. Entre las víctimas se encuentra el profesor Hedis Marcial Chamorro Torres, asesinado frente a sus alumnos en una escuela rural de El Carmen de Bolívar, en 1995.
Otro de los hallazgos de la Jurisdicción fue la utilización de la violencia sexual como mecanismo de castigo y sometimiento. La investigación estableció que mujeres y hombres fueron víctimas de agresiones por oponerse a las órdenes de la guerrilla, negarse a pagar extorsiones o tener relaciones familiares y sentimentales con integrantes de la fuerza pública. En uno de los casos documentados, una mujer fue violada por guerrilleros bajo el argumento de que así quedaba saldada una deuda que su esposo se había negado a pagar antes de ser asesinado.
La estrategia de control también buscó debilitar las instituciones democráticas. La JEP documentó asesinatos de alcaldes y concejales, atentados contra mandatarios en ejercicio, persecución a personeros y sabotajes electorales mediante la quema de urnas y la destrucción de tarjetones en diferentes municipios de Sucre, Bolívar, Santander y Cesar.
Entre los hechos relacionados con esta modalidad aparecen los homicidios del alcalde de Chalán, Manuel Antonio Fernández, y de los concejales Carlos Carmelo Vélez y Mini de Jesús Mendoza. También fueron documentados los asesinatos de Wilmer Vanegas, recién elegido alcalde de Colosó en 1998, y Juan Bautista León, exmandatario de Chima, en 1995.
En el segundo patrón, relacionado con el desarrollo de las hostilidades, la JEP identificó crímenes cometidos durante tomas guerrilleras, hostigamientos, emboscadas y ataques contra integrantes de la fuerza pública. También documentó la utilización de minas antipersonal y otros artefactos explosivos en lugares transitados por civiles, así como ataques contra infraestructura y bienes protegidos por el derecho internacional humanitario.
Uno de los episodios más conocidos fue la toma guerrillera de Chalán, Sucre, en 1996, durante la cual las Farc utilizaron un burro cargado con explosivos. El ataque dejó un saldo de militares muertos y se convirtió en uno de los hechos emblemáticos de la violencia que sufrió ese municipio. La JEP también documentó incursiones en Cucutilla, Norte de Santander, y Becerril, Cesar, en las que fueron utilizadas volquetas fortificadas y explosivos de alto poder que destruyeron viviendas.
La investigación incluyó igualmente la emboscada de La Ye, en San José de Oriente, Cesar, en 1999. De acuerdo con la reconstrucción judicial, integrantes de la guerrilla retuvieron a civiles en el balneario Los Chorros para atraer a miembros de la fuerza pública hacia una zona donde fueron atacados. Ocho policías fueron asesinados y algunos recibieron disparos de gracia. Otro episodio ocurrió durante la toma de Chalán, cuando cuatro uniformados que se habían rendido en el cementerio fueron ejecutados después de quedarse sin municiones.
Los ataques también alcanzaron centros urbanos. Entre los hechos documentados está el atentado contra la caravana de Álvaro Uribe Vélez, cuando era candidato presidencial, en Barranquilla, en 2002. Los guerrilleros hicieron explotar un vehículo de venta de helados cargado con cilindros de gas. El entonces aspirante a la Presidencia resultó ileso, pero el ataque dejó cinco civiles muertos y una niña de tres años herida, quien posteriormente sufrió la amputación de una pierna.
La JEP también documentó atentados con explosivos en Cartagena, en los barrios Chambacú y El Socorro, que dejaron varios civiles muertos, entre ellos menores de edad. A estos hechos se sumaron acciones contra la infraestructura económica y energética, como los ataques al oleoducto Caño Limón-Coveñas y las operaciones que provocaron derrames de crudo en el Catatumbo, con consecuencias para las comunidades y el medioambiente.
En términos cuantitativos, la investigación identificó el desplazamiento forzado como el crimen más recurrente dentro del patrón de control social y territorial, con 263 hechos únicos registrados: 152 atribuidos al Bloque Magdalena Medio y 111 al Bloque Caribe. También se documentaron 204 homicidios, 53 desapariciones forzadas, 66 hechos de violencia sexual y 10 casos de tortura. Estas cifras corresponden a denuncias presentadas ante la Fiscalía entre 1970 y el primero de diciembre de 2016.
Para llegar a estas conclusiones, la Sala de Reconocimiento de Verdad estudió los relatos de 733 víctimas acreditadas, entre ellas campesinos, jornaleros, docentes, líderes comunitarios, comerciantes, autoridades locales, integrantes de comunidades indígenas y afrodescendientes, así como militares y policías. La investigación también tuvo en cuenta 72 informes entregados por víctimas y organizaciones defensoras de derechos humanos.
El material probatorio incluyó 15 versiones colectivas y nueve individuales de antiguos integrantes de las Farc-EP, además de 1.859 denuncias de la Fiscalía, documentos del Centro Nacional de Memoria Histórica, informes de la Comisión de la Verdad y pruebas obtenidas en otros macrocasos de la Jurisdicción. La JEP señaló que este trabajo permitió reconstruir las dinámicas de violencia en territorios donde la presencia institucional del Estado era escasa o inexistente.
Los dos bloques investigados tuvieron presencia en diez departamentos del norte y nororiente del país. El Magdalena Medio operó en Santander, Norte de Santander, sur de Bolívar, sur del Cesar, noroccidente de Boyacá y diferentes zonas de Antioquia, entre ellas el nordeste, el Bajo Cauca y el Magdalena Medio antioqueño. El Bloque Caribe tuvo influencia en La Guajira, Cesar, Magdalena, Atlántico, Bolívar y Sucre, especialmente en la Sierra Nevada de Santa Marta, la Serranía del Perijá, los Montes de María y La Mojana.
La decisión del 3 de noviembre corresponde al tercer Auto de Determinación de Hechos y Conductas expedido dentro del Caso 10. En ese expediente se han acreditado 4.647 víctimas a nivel nacional. Los anteriores pronunciamientos estuvieron relacionados con comparecientes de los antiguos bloques Oriental y Sur, y con el Comando Conjunto Central de las Farc-EP.
Otro aspecto destacado es que la Jurisdicción identificó niveles de impunidad que durante décadas dificultaron el esclarecimiento de estos hechos. Según las cifras presentadas en la decisión, más del 95 % de los procesos abiertos en la justicia ordinaria por estos crímenes nunca llegaron a juicio y más del 72 % permanecían en etapa de indagación preliminar. En los casos de desplazamiento y desaparición forzada en las regiones investigadas, la JEP reportó un 100 % de impunidad.
La imputación abre ahora una nueva etapa procesal para los 11 antiguos comandantes. Los comparecientes tienen plazo hasta el 8 de diciembre de 2026 para reconocer por escrito los hechos y su responsabilidad o rechazarlos. También podrán presentar argumentos y aportar elementos adicionales para responder a los señalamientos de la Jurisdicción.
Por su parte, las víctimas acreditadas y el Ministerio Público tendrán hasta el 8 de febrero de 2027 para presentar observaciones sobre la decisión. La JEP también ordenó a los comparecientes entregar la información que tengan disponible para contribuir a la búsqueda de 54 personas desaparecidas cuyo paradero todavía se desconoce. Para este aporte, el plazo establecido también vence el 8 de febrero de 2027.
Si los antiguos comandantes reconocen su responsabilidad y realizan aportes suficientes a la verdad, la Sala de Reconocimiento podrá convocar una audiencia pública en la que deberán reconocer los crímenes ante las víctimas y el país. Posteriormente, se elaborará una resolución de conclusiones que será remitida a la Sección de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz, encargada de determinar las sanciones correspondientes.
En ese escenario, los comparecientes podrían recibir sanciones propias de la justicia transicional, que tienen un componente restaurativo y reparador e incluyen restricciones efectivas de derechos y libertades, sin que necesariamente impliquen prisión. Estas medidas deben responder a los daños causados y contemplar acciones dirigidas a las víctimas y las comunidades afectadas.
Si, por el contrario, los imputados rechazan su responsabilidad, sus expedientes podrán ser trasladados a la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, que asumiría la investigación y la eventual presentación de una acusación ante el Tribunal para la Paz. En caso de ser encontrados responsables en un juicio adversarial, podrían recibir penas de hasta 20 años de prisión.
La JEP señaló que la decisión busca responder a las víctimas de los bloques Caribe y Magdalena Medio y esclarecer las prácticas de violencia que afectaron durante décadas a sus comunidades. La investigación concluyó que los homicidios, desplazamientos, desapariciones, ataques indiscriminados y otras conductas destruyeron proyectos de vida, fracturaron organizaciones sociales y generaron daños que se extendieron a varias generaciones.
Con esta nueva imputación, la Jurisdicción avanza en el esclarecimiento de las responsabilidades de antiguos integrantes del Secretariado y de los mandos regionales de las Farc por crímenes que no pueden recibir amnistía. El proceso deberá establecer ahora si los 11 comparecientes reconocen los hechos y contribuyen a la verdad, o si sus casos avanzan hacia un juicio en el que se determinarán las responsabilidades penales correspondientes.






