Cúcuta Deportivo disputa con el IMRD la marca que protege su nombre y escudo

El origen de esta disputa se remonta a la crisis que atravesó el club. Los antiguos registros de “CÚCUTA DEPORTIVO CD”, que habían sido solicitados por Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A., caducaron después de que no fueran renovados. El expediente reconstruido a partir de documentos de la SIC ubica esa caducidad entre 2018 y 2019 - Foto: Archivo/Ronald Cano

El origen de esta disputa se remonta a la crisis que atravesó el club. Los antiguos registros de “CÚCUTA DEPORTIVO CD”, que habían sido solicitados por Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A., caducaron después de que no fueran renovados. El expediente reconstruido a partir de documentos de la SIC ubica esa caducidad entre 2018 y 2019 - Foto: Archivo/Ronald Cano

La disputa por el nombre y los símbolos del Cúcuta Deportivo entró en una nueva etapa. Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) una solicitud para cancelar por no uso el registro de la marca “CD CÚCUTA DEPORTIVO”, actualmente en poder del Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte de Cúcuta (IMRD).

La solicitud fue presentada el 24 de septiembre de 2026 y quedó identificada con el radicado SD2026/0101477. El trámite busca cuestionar el registro marcario 708237, que la SIC concedió al IMRD en 2022 y cuya vigencia se extiende hasta junio de 2032.

La SIC admitió la actuación y, mediante oficio del 2 de octubre, concedió al Instituto un plazo de 60 días hábiles para responder y aportar las pruebas que considere necesarias para demostrar el uso de la marca. El procedimiento, por tanto, apenas comienza y el registro continúa vigente.

El periodo que deberá acreditar el IMRD comprende los tres años anteriores a la solicitud: del 24 de septiembre de 2023 al 24 de septiembre de 2026. La discusión estará centrada en establecer si durante ese lapso existió un uso efectivo de la marca para los servicios para los cuales fue registrada.

La marca cuestionada es mixta y fue registrada para servicios de la clase 41 de la Clasificación Internacional de Niza. Esta categoría comprende actividades relacionadas con educación, formación, entretenimiento y actividades deportivas y culturales, entre otros servicios.

La importancia de esa clasificación está en que el IMRD no tendría que demostrar simplemente que alguna vez utilizó la expresión “Cúcuta Deportivo”. La controversia ante la SIC exige determinar si el signo fue utilizado efectivamente en relación con los servicios protegidos por el registro.

La acción tampoco significa que Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. haya recibido o vaya a recibir automáticamente la marca. Si la SIC determina que el registro debe cancelarse por falta de uso, desaparecería la protección que actualmente tiene el IMRD, pero el nombre no sería transferido de manera automática a la sociedad deportiva.

El origen de esta disputa se remonta a la crisis que atravesó el club. Los antiguos registros de “CÚCUTA DEPORTIVO CD”, que habían sido solicitados por Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A., caducaron después de que no fueran renovados. El expediente reconstruido a partir de documentos de la SIC ubica esa caducidad entre 2018 y 2019.

En octubre de 2020, cuando el club estaba inmerso en su crisis institucional y en un proceso de liquidación, el IMRD presentó ante la SIC una solicitud para registrar “CD Cúcuta Deportivo”, con elementos gráficos asociados al equipo y para servicios de la clase 41.

La solicitud fue publicada en la Gaceta de la Propiedad Industrial el 20 de octubre de 2020. Durante el periodo establecido para presentar oposiciones no se registró una oposición contra esa solicitud, de acuerdo con la reconstrucción del expediente publicada a partir de los documentos de la SIC.

El 20 de abril de 2022, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC concedió el registro mediante la Resolución 21154. El certificado correspondiente quedó identificado con el número 708237 y el plazo para recurrir la decisión venció en junio de ese año sin que se presentara una apelación, según el histórico del expediente.

El contexto institucional también resulta determinante. En enero de 2022, la Superintendencia de Sociedades levantó una medida cautelar que pesaba sobre los derechos de afiliación del Cúcuta Deportivo y señaló que la marca, la ficha o derecho de afiliación y los derechos deportivos constituían activos principales de la sociedad sometida entonces a liquidación judicial.

Un mes después, la Superintendencia de Sociedades confirmó el acuerdo de reorganización del Cúcuta Deportivo Fútbol S.A., con el objetivo de reestructurar sus pasivos y permitir la continuidad de la empresa. El acuerdo contempló deudas superiores a los 13.000 millones de pesos y un plazo de 13 años para atender los créditos sometidos al acuerdo.

La sociedad regresó posteriormente al fútbol profesional. En julio de 2022, el Ministerio del Deporte informó que había renovado por cinco años el reconocimiento deportivo del Cúcuta, después de que el club cumpliera con el requisito de afiliación a la Federación Colombiana de Fútbol.

Ese regreso al fútbol profesional es precisamente uno de los elementos que obliga a separar jurídicamente la propiedad del club de la titularidad de la marca. La sociedad Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. puede participar en las competiciones profesionales sin que eso signifique, por sí solo, que sea titular del registro marcario 708237.

La situación también involucra a José Augusto Cadena, pero la conexión debe formularse con precisión. La solicitud ante la SIC no aparece presentada por Cadena a título personal, sino por Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. Cadena aparece públicamente identificado como el máximo accionista de la institución.

En junio de 2024, La Opinión describió a Cadena como máximo accionista del Cúcuta Deportivo y señaló que Wilmar Sánchez ejercía la presidencia de la institución. En otra entrevista, Sánchez explicó que mantenía una relación directa con Cadena y que este respaldaba el proyecto del club como accionista mayoritario.

La relación entre ambos también fue reportada en 2026. La Opinión señaló que Sánchez y los directivos consultaban con Cadena la llegada de un nuevo entrenador y lo identificó nuevamente como máximo accionista del equipo.

Lo que ha podido establecerse es que Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A., sociedad cuyo máximo accionista es identificado públicamente como José Augusto Cadena, inició el procedimiento de cancelación ante la SIC.

La situación societaria tiene además un antecedente relevante. La Corte Suprema de Justicia, al resolver en 2024 un conflicto de competencia relacionado con obligaciones derivadas de un acuerdo privado de 2022, registró a Cadena como propietario del Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. en reorganización.

En paralelo, la participación del Cúcuta en el fútbol profesional responde a otra relación jurídica. La Dimayor informó en marzo de 2022 que el club afrontaba dificultades relacionadas con la ausencia de un órgano de administración inscrito ante la Cámara de Comercio, mientras que el Ministerio del Deporte confirmó meses después la renovación de su reconocimiento deportivo y su afiliación a la Federación.

Así, actualmente hay tres elementos que no deben confundirse: la sociedad Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A., la participación y reconocimiento deportivo que le permiten competir profesionalmente y el registro de la marca “CD CÚCUTA DEPORTIVO”. La primera está vinculada a Cadena; la segunda depende del régimen deportivo; y la tercera permanece, por ahora, en cabeza del IMRD.

El punto decisivo del nuevo proceso será la defensa que presente el Instituto. La SIC tendrá que determinar si el IMRD puede acreditar el uso efectivo del signo durante el periodo exigido y respecto de los servicios protegidos. Si la respuesta es negativa, la consecuencia podría ser la cancelación total o parcial del registro en relación con los servicios cuyo uso no logre acreditarse.

Pero incluso una eventual cancelación no resolvería por sí sola quién será el titular futuro del nombre y del escudo. Cúcuta Deportivo tendría que afrontar posteriormente las reglas de registro de marcas y cualquier eventual oposición o derecho que pudiera alegarse sobre el signo.

La disputa adquiere así una dimensión que va más allá de un conflicto entre un club de fútbol y una entidad pública. El IMRD obtuvo en 2022 un registro que quedó en firme después de que no se presentaran oposiciones ni recursos, mientras que ahora la sociedad que administra el equipo profesional busca que ese registro sea cancelado por falta de uso.

Por el momento, la marca sigue siendo del IMRD y no existe una decisión de la SIC que se la haya devuelto al Cúcuta Deportivo. Lo que existe es un procedimiento abierto en el que el Instituto deberá defender la vigencia de su registro y el club deberá sostener su solicitud de cancelación.

El expediente puede terminar definiendo quién tendrá la protección jurídica sobre un nombre y unos símbolos que están estrechamente ligados a la identidad deportiva de Cúcuta. Pero, mientras la SIC no adopte una decisión, no puede afirmarse que Cadena haya recuperado la marca ni que Cúcuta Deportivo sea actualmente su titular.

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