El Ministerio de Ambiente revocó la resolución que declaraba el bioma de la Amazonía como reserva de los recursos naturales renovables y del ambiente, una medida expedida durante los últimos días del gobierno de Gustavo Petro y que buscaba impedir la apertura de nuevas actividades mineras y de exploración y explotación de hidrocarburos en esta región del país. La decisión quedó establecida mediante la Resolución 1045 del 23 de octubre de 2026.
La determinación representa un cambio en las disposiciones adoptadas por la administración anterior para proteger uno de los ecosistemas más importantes del territorio colombiano. Con la revocatoria, el Gobierno de Abelardo de la Espriella dejó sin efecto una declaratoria que comprendía 483.283 kilómetros cuadrados, equivalentes a cerca del 42 % del territorio nacional.
La resolución que perdió vigencia había sido expedida el 4 de agosto de 2026, tres días antes de finalizar el mandato de Gustavo Petro. Su propósito era establecer una protección sobre el bioma amazónico frente a la expansión de las actividades extractivas, especialmente aquellas relacionadas con la minería y los hidrocarburos.
Entre las principales restricciones contempladas en esa disposición estaba la prohibición de otorgar nuevas autorizaciones y concesiones mineras, así como de celebrar nuevos contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos. También impedía expedir nuevas licencias o permisos para desarrollar este tipo de actividades dentro del área declarada como reserva.
La decisión del gobierno anterior estaba sustentada en la importancia ambiental de la Amazonía, considerada una de las regiones con mayor biodiversidad del planeta y un ecosistema fundamental para la regulación climática. Su extensión de bosques y otros ambientes naturales cumple funciones esenciales en la captura y almacenamiento de carbono, además de contribuir a la regulación del ciclo del agua.
La región también alberga una extensa red fluvial y constituye un territorio estratégico para la conservación de numerosas especies de fauna y flora. Por estas características, las medidas orientadas a limitar la expansión de las actividades extractivas habían sido presentadas como parte de los esfuerzos para reducir las presiones sobre los ecosistemas amazónicos.
Sin embargo, la declaratoria expedida durante la administración Petro no alcanzó a completar todos los procedimientos de participación exigidos para su implementación. Este fue precisamente el principal argumento utilizado por el Ministerio de Ambiente para justificar la revocatoria de la disposición.
De acuerdo con la cartera, la Resolución 961 se expidió sin haber culminado el proceso de consulta previa con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras que podían resultar afectadas por la medida. Para el Ministerio, esta situación representaba un incumplimiento de los requisitos legales y de las garantías de participación de dichas comunidades.
El proceso de consulta con las comunidades indígenas había avanzado mediante diferentes encuentros que involucraron a autoridades territoriales de los diez departamentos ubicados total o parcialmente en la Amazonía. No obstante, la situación era distinta en el caso de las comunidades negras y afrocolombianas, con las que todavía estaban pendientes etapas del procedimiento.
Uno de los antecedentes señalados por el Ministerio fue la reunión de preconsulta realizada entre el 1 y el 2 de julio de 2026 en Villagarzón, Putumayo. Durante ese encuentro no se consiguió concertar una ruta metodológica para continuar el proceso, por lo que no se completaron las etapas de preconsulta y apertura.
A partir de estos antecedentes, la administración de Abelardo de la Espriella consideró que la resolución original presentaba problemas jurídicos que justificaban su revocatoria directa. La cartera sostuvo que la consulta previa constituye una garantía fundamental de participación y que su incumplimiento puede afectar la validez de las decisiones administrativas cuando este procedimiento resulta obligatorio.
La explicación oficial también hizo referencia a los derechos de participación, igualdad de trato y debido proceso de las comunidades involucradas. Según el Ministerio, la declaratoria no podía mantenerse sin haber garantizado las condiciones de participación correspondientes.
Con la Resolución 1045 del 23 de octubre, el Gobierno dejó sin efecto la protección administrativa que había establecido la administración anterior. La decisión modifica el escenario normativo que existía para la autorización de nuevos proyectos mineros y de hidrocarburos en el área comprendida por la declaratoria.
No obstante, la revocatoria no significa que las empresas puedan iniciar automáticamente actividades extractivas en cualquier punto de la Amazonía. Los proyectos mineros y de hidrocarburos continúan sometidos a las disposiciones ambientales, territoriales y sectoriales vigentes, así como a los requisitos de licenciamiento y autorización que correspondan en cada caso.
La decisión también vuelve a poner sobre la mesa el debate acerca de los instrumentos que debe utilizar el Estado para garantizar la conservación de la Amazonía. La discusión no se limita a la existencia de una declaratoria administrativa, sino que involucra la capacidad institucional para controlar las actividades que generan deterioro ambiental y proteger los territorios de las comunidades que habitan la región.
En ese sentido, uno de los principales interrogantes está relacionado con las consecuencias que tendrá la eliminación de esta figura de protección sobre la presión que ejercen las actividades económicas y extractivas en el bioma amazónico. La región enfrenta diferentes amenazas que no desaparecen con la modificación de una disposición administrativa.
Entre los problemas que afectan estos territorios se encuentran la deforestación, la minería ilegal, el acaparamiento de tierras y la expansión de economías criminales. Estas actividades generan transformaciones en los ecosistemas, afectan las fuentes hídricas y representan riesgos para las comunidades que dependen de los recursos naturales.
El ministro de Ambiente, Fabio Arjona, defendió la determinación de su cartera y sostuvo que los problemas ambientales de la región requieren una intervención estatal que vaya más allá de la expedición de resoluciones. Para el funcionario, la protección de la Amazonía debe estar acompañada de acciones concretas que permitan recuperar el control territorial y enfrentar las actividades ilegales.
“La minería ilegal, la deforestación, el acaparamiento de tierras y las economías criminales, que encontraron espacio para expandirse durante el gobierno anterior, no se combaten únicamente con resoluciones”, manifestó Arjona al referirse a las razones que, según el Gobierno, justifican una estrategia diferente para atender la situación ambiental de la región.
El ministro agregó que se necesita una verdadera presencia institucional, acompañada de recursos, seguridad y alternativas productivas sostenibles para las comunidades. Su planteamiento apunta a que la protección ambiental debe estar vinculada con medidas de control territorial y oportunidades económicas para quienes habitan estos departamentos.
Sin embargo, la eliminación de la declaratoria también plantea interrogantes sobre las herramientas que tendrá el Estado para impedir que la expansión de proyectos extractivos incremente las presiones sobre los ecosistemas amazónicos. La existencia de otras disposiciones ambientales será determinante para establecer cuáles actividades pueden desarrollarse y bajo qué condiciones.
La discusión adquiere relevancia por la extensión del territorio que estaba cobijado por la resolución. Los 483.283 kilómetros cuadrados comprendidos en la declaratoria representan una superficie considerable del país, por lo que cualquier modificación de las medidas de protección tiene implicaciones en el debate nacional sobre conservación, aprovechamiento de recursos naturales y desarrollo económico.
La decisión también evidencia las diferencias entre los enfoques ambientales de las dos administraciones. Mientras el gobierno de Gustavo Petro había optado por establecer una restricción general a nuevas actividades extractivas en el bioma amazónico, la administración de Abelardo de la Espriella argumentó que la disposición no cumplió con las garantías de consulta previa requeridas para su expedición.
Antes de la revocatoria, la resolución ya había sido objeto de cuestionamientos jurídicos. Algunos expertos habían advertido sobre posibles debilidades en su formulación y sobre la posibilidad de que empresas del sector minero-energético acudieran a instancias judiciales para controvertirla. Entre los aspectos discutidos estaba la competencia del Ministerio para establecer una declaratoria de estas características.
También se había advertido sobre la fragilidad de una medida administrativa frente a los cambios de gobierno. Al no tratarse de una disposición con carácter legal, su permanencia podía depender de las decisiones de una administración posterior, como finalmente ocurrió con la Resolución 1045.
Hasta la divulgación de la revocatoria, ni la exministra de Ambiente Irene Vélez, quien firmó la resolución original, ni el expresidente Gustavo Petro se habían pronunciado sobre la decisión. Sus eventuales reacciones podrían aportar nuevos elementos al debate sobre el alcance de la declaratoria y las razones que llevaron a su eliminación.
Por ahora, la Amazonía vuelve a quedar sin la figura de reserva de recursos naturales que había establecido el gobierno anterior para restringir nuevas actividades minero-energéticas en su territorio. El desafío para el Estado será determinar cómo garantizar la conservación de uno de los ecosistemas estratégicos del país, enfrentar las economías ilegales y evitar que la eliminación de esta protección se traduzca en mayores presiones sobre sus recursos naturales.






