La llegada de Abelardo de La Espriella a la Presidencia abre un escenario de incertidumbre para las madres buscadoras de personas desaparecidas, especialmente por sus anuncios de reducir la estructura estatal asociada a la implementación del Acuerdo de Paz y cuestionar el funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). Aunque no existe un anuncio de eliminar la búsqueda de desaparecidos, los cambios propuestos podrían afectar las instituciones, los recursos y la coordinación que sostienen esta labor.
La preocupación surge porque la búsqueda de personas desaparecidas no depende únicamente del esfuerzo de las familias. Requiere equipos territoriales, recursos para investigaciones y labores forenses, acceso a información, articulación entre entidades y garantías de seguridad para quienes recorren cementerios, zonas rurales y antiguos escenarios del conflicto en busca de respuestas.
Uno de los principales riesgos sería una reducción presupuestal. El nuevo Gobierno ha planteado recortes y el cierre o transformación de entidades relacionadas con la implementación del Acuerdo de Paz, mientras el presidente de la JEP, Alejandro Ramelli, ha advertido que la financiación y la coordinación con el Ejecutivo son necesarias para cumplir las decisiones de la justicia transicional.
En ese contexto, una eventual disminución de recursos podría traducirse en menos presencia institucional en los territorios, demoras en las investigaciones, dificultades para realizar intervenciones forenses y una menor capacidad para acompañar a las familias. El impacto no necesariamente sería inmediato ni supondría la desaparición de la búsqueda, pero sí podría ralentizar procesos que ya enfrentan obstáculos por la complejidad de los casos y la persistencia de la violencia.
La situación también genera inquietud por la postura crítica de De La Espriella frente al Acuerdo de Paz y la JEP. El presidente electo ha cuestionado la justicia transicional y ha anunciado cambios profundos en la institucionalidad creada para implementar el acuerdo, lo que podría debilitar la articulación entre las entidades encargadas de esclarecer lo ocurrido y garantizar los derechos de las víctimas.
Para las madres buscadoras, la JEP ha sido un escenario relevante no solo por los procesos judiciales, sino por las medidas cautelares y las órdenes dirigidas a proteger lugares de interés para la búsqueda y a fortalecer las garantías de quienes realizan esta labor. La eventual reducción de su capacidad institucional podría afectar mecanismos que han contribuido a visibilizar los riesgos y las barreras que enfrentan las mujeres.
La incertidumbre se agrava porque muchas buscadoras continúan expuestas a amenazas, estigmatización y agresiones. En junio de 2026, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas rechazó el intento de homicidio, las agresiones y la tortura denunciados contra una mujer buscadora en Cartagena, y recordó que estas violencias afectan tanto la integridad de las víctimas como el derecho colectivo a conocer la verdad.
Un cambio en las prioridades estatales también podría reducir la visibilidad política de la desaparición forzada. Si la agenda del nuevo Gobierno privilegia la seguridad, la respuesta militar y la reorganización institucional, la búsqueda, la memoria y la verdad podrían perder espacio dentro de las prioridades públicas, aun cuando las obligaciones legales permanezcan vigentes.
Sin embargo, la labor de las madres buscadoras cuenta con protecciones que no pueden desaparecer por una simple decisión presidencial. La Ley 2364 de 2024 reconoció y protegió integralmente su trabajo, y las definió como sujetas de especial protección constitucional y constructoras de paz. La norma convirtió su reconocimiento en una obligación estatal y no únicamente en una política discrecional de un gobierno.
La ley reconoce derechos relacionados con el acceso a la justicia, la verdad, la memoria histórica, la reparación integral y las garantías de no repetición. También establece el derecho al reconocimiento público de la labor de las buscadoras, a la participación en las decisiones que puedan afectar sus derechos y a la protección de sus dimensiones sociales, económicas y culturales.
A estas garantías se suma el Decreto 0063 del 26 de enero de 2026, que reglamentó la Ley 2364 y estableció lineamientos para el reconocimiento, la protección, la atención integral y la participación de las mujeres buscadoras. El decreto incorporó enfoques de género, étnicos, territoriales, diferenciales, psicosociales y de cuidado, con el propósito de responder a las condiciones particulares en las que desarrollan su labor.
La reglamentación es importante porque reconoce que la búsqueda genera cargas emocionales, económicas y sociales que recaen de manera desproporcionada sobre las mujeres. Durante las audiencias y espacios de diálogo promovidos por la JEP, las buscadoras expusieron experiencias de revictimización, discriminación, amenazas y falta de respuestas institucionales, además de aportar información decisiva para localizar e identificar a personas desaparecidas.
Otro blindaje proviene de las medidas cautelares y las decisiones judiciales. La JEP ha intervenido en la protección de lugares de interés para la búsqueda y ha impulsado acciones institucionales para garantizar los derechos de las mujeres buscadoras. Estas órdenes tienen fuerza jurídica y su cumplimiento no depende exclusivamente de la voluntad política del Gobierno de turno.
La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas también cuenta con un mandato constitucional, humanitario y extrajudicial. Su existencia está vinculada al Sistema Integral para la Paz y a los compromisos derivados del Acuerdo de 2016, por lo que su eliminación o transformación no podría realizarse únicamente mediante una decisión administrativa del presidente. Cualquier cambio estructural tendría que superar controles legales y constitucionales.
Las madres buscadoras conservan, además, la posibilidad de acudir a mecanismos judiciales para exigir el cumplimiento de sus derechos. Las acciones de tutela, las solicitudes de medidas cautelares y el seguimiento de la JEP pueden convertirse en herramientas para cuestionar omisiones, exigir protección y evitar que los recortes presupuestales o las reformas institucionales vacíen de contenido las garantías reconocidas por la ley.
El panorama, por tanto, combina riesgos y límites jurídicos. La llegada de De La Espriella podría significar menor prioridad política, recortes, cambios institucionales y una relación más conflictiva con la justicia transicional, pero las madres buscadoras no parten de cero: cuentan con la Ley 2364, el Decreto 0063, el mandato constitucional de la Unidad de Búsqueda y las órdenes judiciales que protegen su labor. El desafío será determinar si esas garantías logran mantenerse efectivas frente a una eventual reducción de recursos y a un cambio profundo en la política estatal de paz, verdad y reparación.






