La disputa entre la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (ACOLFUTPRO) y la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) sumó un nuevo capítulo en los últimos días de octubre de 2026. El sindicato presentó una denuncia ante la Fiscalía General de la Nación contra dos directivos de la entidad, a quienes señala de presuntamente vulnerar los derechos de reunión y asociación sindical de los futbolistas profesionales.
La querella está dirigida contra Ramón Jesurún Franco, presidente de la Federación, y Ana María Laspriella Steevens, secretaria general de la FCF. La organización sindical solicita que las autoridades investiguen las actuaciones de ambos funcionarios y establezcan si incurrieron en alguna conducta penal relacionada con las restricciones que, según su versión, han enfrentado para reunirse con los integrantes de la Selección Colombia.
El origen de esta nueva controversia está en una solicitud que ACOLFUTPRO envió el 14 de septiembre de 2026 a Ramón Jesurún y al presidente de la Dimayor. En esa comunicación, el sindicato pidió autorización para realizar un encuentro presencial con los futbolistas de la Selección Colombia de mayores durante su concentración en Estados Unidos.
La intención era aprovechar la convocatoria del equipo nacional para conversar directamente con los jugadores antes de uno de los compromisos amistosos programados en ese país. La reunión, de acuerdo con la explicación de la asociación, buscaba abordar asuntos relacionados con la representación sindical y las condiciones laborales de los futbolistas.
Entre los objetivos planteados estaba informarles sobre los avances y los temas pendientes de la negociación colectiva que ACOLFUTPRO adelanta con la FCF y la Dimayor. El sindicato también pretendía explicar el alcance de un acuerdo reciente entre la FIFA y FIFPRO, organización internacional que representa a los futbolistas profesionales.
La agenda incluía, además, la entrega de material informativo y la posibilidad de escuchar las inquietudes, propuestas y recomendaciones de los jugadores. Para ACOLFUTPRO, ese contacto directo resulta necesario para mantener informados a sus afiliados y recoger sus planteamientos sobre las condiciones en las que desarrollan su actividad profesional.
Sin embargo, según la versión de la organización sindical, la Federación negó la autorización para realizar el encuentro. La respuesta de la FCF habría señalado que ACOLFUTPRO ya no era la misma organización que había suscrito el acuerdo laboral de 2025, debido a la controversia surgida alrededor de su registro sindical.
También habría argumentado que el compromiso adquirido contemplaba permitir una sola reunión con los futbolistas y que esa obligación ya se había cumplido mediante un encuentro realizado en octubre de 2025. La asociación rechazó esa interpretación y considera que el derecho de los jugadores a comunicarse con sus representantes sindicales no puede quedar limitado a una única ocasión.
La denuncia ante la Fiscalía invoca el artículo 200 del Código Penal colombiano, que contempla conductas relacionadas con la violación de los derechos de reunión y asociación. A partir de ese fundamento, ACOLFUTPRO pide que se examine si las decisiones atribuidas a los directivos de la Federación pudieron afectar el ejercicio de las garantías sindicales de los futbolistas.
El sindicato sostiene que las dificultades para reunirse con los integrantes de la Selección no comenzaron con la solicitud de septiembre de 2026. En su querella también menciona episodios anteriores, ocurridos durante concentraciones del combinado nacional en el exterior, en los que, según su relato, se habrían presentado obstáculos para desarrollar actividades de representación gremial.
Entre los antecedentes señalados aparecen situaciones de 2021 en Río de Janeiro, Brasil; de 2022 en Nueva Jersey, Estados Unidos, y de 2023 en Valencia, España. ACOLFUTPRO considera que estos hechos deben ser examinados en conjunto para determinar si existe una conducta reiterada que haya dificultado su relación con los futbolistas convocados a la Selección.
La organización entiende que las restricciones denunciadas afectan su posibilidad de informar a los jugadores sobre las negociaciones laborales y de conocer directamente sus preocupaciones. Por esa razón, plantea que el asunto no se limita a una diferencia administrativa sobre la autorización de una reunión, sino que involucra el alcance de los derechos de asociación y representación sindical.
Este nuevo episodio se produce en medio de un conflicto de varios años entre ACOLFUTPRO, la FCF y la Dimayor. Uno de los principales puntos de desacuerdo ha sido la negociación colectiva del pliego de peticiones presentado por el sindicato, así como las garantías para que sus representantes puedan ejercer sus funciones frente a los futbolistas profesionales.
La controversia también está relacionada con el acuerdo laboral alcanzado en 2025. ACOLFUTPRO ha sostenido que ese entendimiento contemplaba espacios de diálogo con los jugadores, mientras que la interpretación de la Federación sobre el alcance de los compromisos adquiridos se convirtió en uno de los motivos de la nueva disputa.
A este escenario se suma la discusión sobre el registro sindical de ACOLFUTPRO, cuya inscripción fue cancelada mediante una decisión administrativa de 2025, después de un proceso judicial promovido por la FCF y la Dimayor. La asociación ha defendido que esa cancelación no significó su disolución ni la pérdida de su personería jurídica, y ha mantenido sus actividades de representación.
La denuncia penal representa, por tanto, otro frente en el enfrentamiento entre las partes. Mientras la negociación colectiva y las actuaciones administrativas se desarrollan en el ámbito laboral, la querella busca que la Fiscalía determine si las conductas atribuidas a los directivos de la FCF podrían tener consecuencias penales.
Por ahora, la presentación de la denuncia no significa que exista una declaración de responsabilidad contra Ramón Jesurún o Ana María Laspriella. La determinación de posibles conductas delictivas corresponde a las autoridades competentes, que deberán valorar los hechos y las pruebas que se incorporen a la investigación.
Tampoco se debe confundir la denuncia con una decisión de la Fiscalía sobre la existencia de un delito. La información pública disponible no permite establecer que se hayan formulado cargos contra los directivos ni que exista una decisión judicial sobre el fondo de los señalamientos.
El caso vuelve a poner en discusión las garantías para que los futbolistas profesionales puedan ejercer sus derechos de asociación y mantener comunicación con las organizaciones que los representan. La evolución de la querella permitirá conocer si la Fiscalía encuentra elementos para avanzar en una investigación penal y cómo responderá la Federación a los señalamientos de ACOLFUTPRO.






