Museo Nacional restituyó las 63 piezas retiradas tras fallo judicial que protegió la memoria histórica

El despacho ordenó al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y al Museo Nacional restituir la totalidad de las piezas retiradas el 15 de octubre en sus respectivos espacios de exhibición. Para cumplir la instrucción, las entidades tenían un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la providencia - Foto: Redes Sociales

El despacho ordenó al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y al Museo Nacional restituir la totalidad de las piezas retiradas el 15 de octubre en sus respectivos espacios de exhibición. Para cumplir la instrucción, las entidades tenían un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la providencia - Foto: Redes Sociales

El Museo Nacional de Colombia volvió a exhibir las 63 piezas artísticas e históricas que habían sido retiradas de varias de sus salas el pasado 15 de octubre, después de que el Juzgado 24 de Familia de Bogotá ordenara su restitución. La reinstalación se llevó a cabo entre el 29 y el 30 de octubre, en cumplimiento de una decisión que amparó derechos relacionados con la libertad de expresión, el acceso a la cultura, la educación y la memoria histórica.

La devolución puso fin, al menos en lo relacionado con la presencia física de los elementos en las salas, a una controversia que enfrentó al Ministerio de las Culturas con sectores del ámbito artístico, organizaciones sociales y representantes políticos. El retiro había generado cuestionamientos por la selección de los contenidos afectados y por las razones que sustentaron la decisión.

La orden judicial fue emitida el 28 de octubre por el juez César Enrique Osorio Ortiz, del Juzgado 24 de Familia de Bogotá. La sentencia resolvió de manera conjunta 15 acciones de tutela presentadas por ciudadanos y organizaciones que cuestionaron el desmonte de los elementos museográficos.

El despacho ordenó al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y al Museo Nacional restituir la totalidad de las piezas retiradas el 15 de octubre en sus respectivos espacios de exhibición. Para cumplir la instrucción, las entidades tenían un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la providencia.

La decisión también estableció que la reinstalación debía garantizar las condiciones técnicas necesarias para la conservación de los elementos. Además, dispuso que estos permanecieran en exhibición mientras las instituciones adelantaban una evaluación técnica y curatorial, con intervención de las instancias competentes del Museo Nacional.

Durante un recorrido por el recinto, la agencia EFE constató que las 63 piezas estaban nuevamente instaladas en paneles y vitrinas, junto con documentos, publicaciones y elementos audiovisuales relacionados con distintos episodios de la historia política colombiana. La reinstalación se produjo el viernes 30 de octubre, aunque la agencia publicó su reporte con fecha del 31 de octubre.

Entre los elementos que regresaron a las salas se encuentran afiches de las campañas presidenciales de Carlos Pizarro y Bernardo Jaramillo Ossa, dirigentes de izquierda asesinados en 1990. También fueron restituidos materiales relacionados con movimientos sociales, víctimas del conflicto armado, procesos de paz y reivindicaciones de la población LGBTIQ+.

El inventario presentado por el Ministerio ante el juzgado permite precisar que los 63 elementos no correspondían exclusivamente a piezas patrimoniales. De acuerdo con el listado divulgado por el Gobierno, 22 estaban clasificados como bienes patrimoniales, mientras que los demás correspondían a objetos en comodato, facsímiles y materiales de apoyo museográfico.

La diferencia entre esas categorías fue relevante durante la controversia. Aunque el Ministerio sostuvo que había retirado 22 piezas patrimoniales, el inventario entregado al despacho judicial relacionó 63 elementos desmontados de las salas. Todos quedaron incluidos en la orden de restitución.

El retiro se había producido en cinco de las 17 salas del Museo Nacional: Memoria y Nación, Hacer Sociedad, Tierra como Recurso, Ser y Hacer y Fuerza, Fe y Sustancia. En ellas se encontraban representaciones de procesos políticos, expresiones culturales y luchas sociales que forman parte de distintas narraciones sobre la historia del país.

La decisión de desmontar los elementos fue atribuida por el Ministerio al cumplimiento de una instrucción presidencial. En la respuesta entregada al juzgado, la cartera explicó que había procedido a retirar determinadas piezas de las salas, pero sostuvo que no había dispuesto la clausura de esos espacios.

El Gobierno defendió la intervención con argumentos relacionados con el contenido de las exhibiciones. La ministra de las Culturas, Paola Holguín, había cuestionado que el Museo pudiera convertirse en un espacio de apología al delito o de revictimización, planteamientos que alimentaron la discusión sobre los límites de la intervención estatal en los relatos museográficos.

Sin embargo, para el juez las explicaciones presentadas por las entidades no demostraron que el retiro hubiera seguido los procedimientos institucionales correspondientes. En la sentencia señaló que no encontró un acta del Comité de Gestión Patrimonial que acreditara el estudio y la aprobación de la medida.

El despacho también advirtió que no se había aportado un concepto curatorial que explicara las razones para excluir de la exhibición los elementos identificados en las actas de movimiento interno. Esa ausencia fue uno de los aspectos considerados al estudiar la posible vulneración de los derechos invocados por los accionantes.

En consecuencia, el fallo amparó los derechos fundamentales a la libertad de expresión, al acceso a la cultura, a la educación y a la memoria histórica. El juzgado consideró que el retiro injustificado restringió el acceso público a manifestaciones artísticas y contenidos relacionados con las víctimas del conflicto, los procesos de paz y sectores históricamente discriminados.

La sentencia también ordenó a las entidades abstenerse de retirar piezas por razones relacionadas con su contenido o el punto de vista que expresan. La instrucción busca evitar que las preferencias ideológicas o políticas de las autoridades administrativas sean utilizadas, por sí solas, como justificación para excluir materiales de las exposiciones.

No obstante, la decisión judicial no establece que los 63 elementos deban permanecer expuestos de manera indefinida ni impide que el Museo Nacional realice modificaciones en sus muestras. Lo que exige es que cualquier determinación futura esté sustentada en criterios técnicos y curatoriales verificables y respete el pluralismo, la igualdad y la prohibición de censura.

El juez dispuso que la evaluación correspondiente tenga en cuenta la protección de la memoria histórica, los enfoques diferencial y de género, el pluralismo y la igualdad. También señaló la necesidad de observar los procedimientos internos y contar con la intervención de las instancias institucionales competentes, incluido el Comité de Gestión Patrimonial.

La sala Fuerza, Fe y Sustancia concentró parte de la atención durante las horas posteriores a la restitución. En los primeros reportes del 30 de octubre, medios de comunicación informaron que ese espacio permanecía cerrado mientras terminaba el montaje de los elementos retirados.

Posteriormente, la información de EFE sobre el recorrido realizado el viernes confirmó que las 63 piezas estaban nuevamente expuestas en el Museo. Esa constatación actualizó los reportes iniciales sobre el proceso de reinstalación, aunque la agencia no detalló por separado las condiciones de apertura al público de cada una de las cinco salas intervenidas.

La controversia había comenzado dos semanas antes, cuando se conoció el retiro de los elementos y circularon cuestionamientos de artistas, gestores culturales, organizaciones sociales y representantes políticos. Las críticas se concentraron en la selección de los contenidos desmontados y en la ausencia de explicaciones públicas sobre los criterios utilizados para tomar la decisión.

Las acciones de tutela se convirtieron en uno de los principales mecanismos para llevar la discusión al ámbito judicial. Entre los accionantes estuvo el representante a la Cámara Gabriel Becerra, del Pacto Histórico, cuya acción fue resuelta junto con otras 14 solicitudes relacionadas con los derechos culturales y la memoria histórica.

El caso abrió un debate que va más allá de la restitución material de los objetos: quién define los contenidos que se exhiben en un museo público, cuáles son los procedimientos que deben seguirse para modificar una exposición y qué garantías existen para que las decisiones institucionales no excluyan determinadas memorias o perspectivas históricas.

La discusión también puso en primer plano el papel del Comité de Gestión Patrimonial y de los equipos técnicos y curatoriales del Museo Nacional. La sentencia señaló que las decisiones sobre las colecciones y los elementos de exhibición deben tramitarse mediante los procedimientos institucionales correspondientes, con fundamentos que puedan ser examinados y justificados.

Con las piezas nuevamente en sus espacios, el siguiente paso será conocer los resultados de la evaluación técnica y curatorial ordenada por el juzgado y las decisiones que adopten las entidades sobre el futuro de las exposiciones. Ese proceso deberá desarrollarse bajo los criterios establecidos en la sentencia y con respeto por los derechos que fueron amparados.

La restitución representa así el cumplimiento de una orden judicial frente a una decisión administrativa cuestionada por su falta de sustento técnico y curatorial. El caso deja abierta una discusión sobre la autonomía de las instituciones culturales, la representación de la diversidad social y política del país y las garantías para preservar y difundir las distintas memorias que integran la historia colombiana.

Etiquetado: