El presidente Abelardo de la Espriella pidió a la justicia colombiana evaluar la posibilidad de conceder beneficios penales a personas investigadas por hechos de corrupción durante el Gobierno de Gustavo Petro que decidan colaborar con las autoridades y entregar pruebas contra otros involucrados.
La solicitud fue formulada el domingo 27 de septiembre, durante una alocución presidencial en la que el mandatario hizo un balance de sus primeros meses de Gobierno y se refirió a la situación fiscal, la seguridad y varios de los escándalos de corrupción de la administración anterior.
“Le pido a la justicia que evalúe la posibilidad de ofrecer negociaciones basadas en las normas del Código Penal”, dijo De la Espriella, al plantear que los investigados puedan colaborar con las autoridades a cambio de beneficios.
El presidente condicionó esos beneficios a la entrega de pruebas que permitan establecer responsabilidades de otras personas que, según su planteamiento, participaron en hechos de corrupción durante los cuatro años del Gobierno Petro.
De la Espriella también dirigió un mensaje a quienes están presos, investigados o podrían ser procesados: les pidió arrepentirse, entregar información sobre sus cómplices y contribuir al esclarecimiento de los hechos.
El mandatario aseguró que quienes colaboren podrían recibir un “castigo atenuado” como consecuencia de esa cooperación con la justicia. La propuesta, sin embargo, no equivale a que el presidente pueda conceder directamente una rebaja de pena.
En Colombia, los mecanismos de negociación penal están regulados por la legislación y tienen como protagonistas a la Fiscalía, los procesados y los jueces, dentro de las competencias que establece el Código de Procedimiento Penal.
La Ley 906 de 2004 contempla los preacuerdos y negociaciones entre la Fiscalía y los imputados o acusados. Su finalidad incluye obtener una justicia más pronta, promover la reparación y permitir la participación del procesado en la definición de su caso.
Esos mecanismos no consisten simplemente en entregar información a cambio de una reducción automática de la condena. La legislación establece condiciones específicas y prevé la intervención judicial para controlar la legalidad de los acuerdos.
Por ejemplo, el Código de Procedimiento Penal permite que, en determinadas etapas, Fiscalía e imputado lleguen a acuerdos sobre los términos de la imputación y sus consecuencias, con posibilidades de reducción de pena sujetas a las reglas previstas en la ley.
También existen restricciones. Cuando el delito produjo un incremento patrimonial para el procesado, la celebración de un acuerdo exige, entre otras condiciones, el reintegro de al menos el 50 % del incremento percibido y asegurar el recaudo del remanente.
La Fiscalía explica, además, que un preacuerdo debe ser sometido al control de un juez. La autoridad judicial puede aprobarlo o rechazarlo de acuerdo con los requisitos de legalidad aplicables.
Por eso, la intervención del presidente en este caso se presenta como una solicitud para que la justicia evalúe mecanismos existentes, y no como la creación inmediata de un nuevo sistema de rebajas de pena.
El vicefiscal general, Gilberto Guerrero, se refirió a la declaración presidencial el 28 de septiembre y señaló que las palabras de De la Espriella “instan a que se produzcan negociaciones”. También recordó que los preacuerdos forman parte del sistema penal acusatorio colombiano.
La propuesta presidencial apareció, además, en un momento particular del caso de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, uno de los principales escándalos de corrupción investigados durante el Gobierno Petro.
Unos días antes, el 25 de septiembre, el Consejo de Estado decretó en primera instancia la pérdida de investidura del entonces senador Iván Name por hechos relacionados con el escándalo de la UNGRD.
Según la decisión reportada sobre el proceso, el Consejo de Estado consideró acreditado que Name recibió una suma de dinero vinculada con un acuerdo para favorecer el trámite de iniciativas legislativas cuando ejercía la Presidencia del Senado. La decisión todavía podía ser apelada.
La actuación contra Name en el Consejo de Estado corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo y es independiente de la investigación penal que adelanta la Corte Suprema de Justicia por los hechos relacionados con la UNGRD.
El propio Name anunció que apelaría la decisión y rechazó la posibilidad de buscar beneficios judiciales, al sostener que no había cometido los delitos que se le atribuyen.
La referencia a la UNGRD fue relevante en la alocución presidencial porque De la Espriella presentó ese escándalo como uno de los ejemplos de corrupción que, según su Gobierno, deben ser esclarecidos durante su administración.
La propuesta también llega mientras avanzan diferentes procesos judiciales contra exfuncionarios y otros actores relacionados con ese caso. Algunos de los protagonistas de las investigaciones ya han entregado testimonios y colaborado con las autoridades dentro de los mecanismos previstos por la legislación.
En ese contexto, el planteamiento presidencial apunta a incentivar nuevas colaboraciones de personas que ya están siendo investigadas. El objetivo anunciado por De la Espriella es que esas declaraciones permitan identificar a otros responsables y ampliar el alcance de las investigaciones.
La iniciativa debe distinguirse de otra propuesta presentada días antes por el Gobierno: el proyecto de ley de sometimiento dirigido a integrantes de organizaciones criminales. El ministro de Justicia, Iván Cancino, explicó que ese proyecto contempla beneficios condicionados a aportes concretos de verdad, reparación, desarme y entrega de información.
En ese proyecto, Cancino habló de reducciones de hasta 30 % para personas con posiciones de mando y de hasta 50 % para otros integrantes de las estructuras, siempre bajo las condiciones que establezca la eventual ley. También aclaró que la iniciativa no contempla estatus político ni suspensión de órdenes de captura o procesos de extradición.
Así, la declaración de De la Espriella sobre los investigados del Gobierno Petro y la futura ley de sometimiento corresponden a asuntos distintos: la primera plantea utilizar mecanismos de colaboración dentro de procesos por corrupción, mientras la segunda busca establecer un régimen específico para estructuras criminales. En ambos casos, cualquier beneficio deberá ajustarse a las reglas legales y al control de las autoridades judiciales.






