Los siete exjefes de las Farc aceptan sanciones de la JEP por más de 21.000 secuestros

Los sancionados son Rodrigo Londoño, Julián Gallo, Rodrigo Granda, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Mauricio Jaramillo y Joaquín Gómez, quienes hicieron parte del máximo órgano de dirección de la antigua organización guerrillera. La sentencia representa la primera decisión de fondo de la JEP contra el antiguo Secretariado por esta política - Foto: Archivo/Mauricio Vanegas

Los sancionados son Rodrigo Londoño, Julián Gallo, Rodrigo Granda, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Mauricio Jaramillo y Joaquín Gómez, quienes hicieron parte del máximo órgano de dirección de la antigua organización guerrillera. La sentencia representa la primera decisión de fondo de la JEP contra el antiguo Secretariado por esta política - Foto: Archivo/Mauricio Vanegas

Los siete integrantes del último Secretariado de las extintas Farc-EP aceptaron las sanciones impuestas por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) por su responsabilidad en la política de secuestro de la antigua guerrilla. La decisión cierra una de las etapas judiciales más importantes del Caso 01, dedicado a la toma de rehenes y las graves privaciones de la libertad.

La JEP estableció que los antiguos miembros del Secretariado tuvieron responsabilidad por 21.936 hechos de secuestro y otras graves privaciones de la libertad. La jurisdicción consideró que estos hechos no fueron episodios aislados, sino parte de una política implementada por las Farc durante el conflicto armado.

Los sancionados son Rodrigo Londoño, Julián Gallo, Rodrigo Granda, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Mauricio Jaramillo y Joaquín Gómez, quienes hicieron parte del máximo órgano de dirección de la antigua organización guerrillera. La sentencia representa la primera decisión de fondo de la JEP contra el antiguo Secretariado por esta política.

Uno de los elementos centrales de la decisión es que los siete excomandantes reconocieron su responsabilidad y aceptaron las sanciones propias establecidas por la jurisdicción. Ese reconocimiento es fundamental dentro del modelo de justicia transicional creado a partir del Acuerdo de Paz, que busca combinar verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.

Las sanciones tendrán una duración de entre cinco y ocho años, de acuerdo con las responsabilidades establecidas para cada compareciente. Pero existe una precisión fundamental: no se trata de penas de prisión ordinarias como las que impondría la justicia penal tradicional.

Las sanciones propias de la JEP implican restricciones efectivas de la libertad y el cumplimiento de trabajos, obras y actividades con contenido restaurativo. Es decir, los responsables deben desarrollar proyectos destinados a contribuir a la reparación de las víctimas y de las comunidades afectadas por el conflicto.

En el caso del antiguo Secretariado, uno de los componentes centrales será la participación en actividades relacionadas con la búsqueda de personas desaparecidas. Esta obligación tiene una importancia particular para las familias de quienes fueron secuestrados y nunca regresaron a sus hogares o cuyo destino continúa sin esclarecerse.

El alcance de la sentencia también está relacionado con las distintas finalidades que tuvo el secuestro dentro de las Farc. La JEP documentó que la privación de la libertad fue utilizada para obtener recursos mediante extorsiones, ejercer control territorial, presionar por intercambios de miembros de la Fuerza Pública y alcanzar objetivos políticos y militares.

La magnitud de los hechos reconocidos explica por qué la decisión constituye un momento crucial para las víctimas. Durante años, miles de familias reclamaron información sobre sus seres queridos, exigieron reconocimiento de lo ocurrido y esperaron que los responsables de la política de secuestro respondieran ante la justicia.

La aceptación de las sanciones también vuelve a poner en el centro la naturaleza de la justicia transicional colombiana. Mientras sus defensores destacan que los responsables reconocieron los hechos y deberán contribuir a la reparación, sus críticos cuestionan que una política que afectó a más de 21.000 personas pueda terminar en sanciones restaurativas de un máximo de ocho años.

Esa discusión parte, sin embargo, de una diferencia fundamental frente a la justicia ordinaria. La JEP fue diseñada para ofrecer sanciones diferenciadas a quienes reconocieran verdad y responsabilidad. Por eso, la aceptación de los hechos tiene consecuencias jurídicas distintas a las que tendría un proceso en el que el acusado negara su responsabilidad y posteriormente fuera condenado.

El sistema también contempla una respuesta más severa para quienes no reconozcan responsabilidad y sean declarados culpables después de un juicio adversarial. En esos casos pueden imponerse penas ordinarias de prisión, lo que demuestra que las sanciones restaurativas están vinculadas al reconocimiento de verdad y responsabilidad.

La decisión deja ahora un reto considerable para la JEP: vigilar que los siete antiguos comandantes cumplan efectivamente las sanciones. La eficacia de la sentencia no dependerá solamente de su publicación, sino de que los proyectos restaurativos produzcan resultados verificables y tengan un impacto real sobre las víctimas.

También será determinante el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la verdad. Para las familias de personas desaparecidas, por ejemplo, una reparación efectiva no se limita a una sanción contra los antiguos comandantes: implica conocer qué ocurrió, dónde están sus familiares y, cuando sea posible, recuperar sus restos y garantizarles una sepultura digna.

La sentencia, por tanto, abre una nueva etapa. Después de años de investigaciones, reconocimientos y contrastación de testimonios, los siete exjefes del último Secretariado aceptaron las sanciones por una política que dejó decenas de miles de víctimas. Ahora comienza la fase en la que la justicia transicional deberá demostrar si esas sanciones pueden traducirse en verdad, reparación y acciones concretas para quienes padecieron el secuestro.

El caso deja además una pregunta que seguirá acompañando a la JEP: ¿puede una sanción restaurativa de hasta ocho años responder proporcionalmente a una política que produjo 21.936 secuestros y graves privaciones de la libertad? La respuesta dependerá, en buena medida, de cómo se ejecuten las sanciones y de lo que las víctimas reciban a cambio de ese reconocimiento de responsabilidad.

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