Tribunal responsabiliza a la Policía por la muerte de Dilan Cruz en medio del debate sobre el regreso del ESMAD

La Sala también rechazó uno de los argumentos utilizados por la defensa institucional: que Dilan Cruz había contribuido a su propia muerte al devolver gases lacrimógenos lanzados por los uniformados. Para el Tribunal, esa conducta no justificaba el uso de un arma potencialmente letal. El mensaje de la sentencia es claro: incluso frente a manifestantes que puedan incurrir en actos de confrontación, la fuerza pública está sometida a estrictos límites constitucionales y no puede responder con medidas desproporcionadas - Foto: Archivo/Ronald Cano

La Sala también rechazó uno de los argumentos utilizados por la defensa institucional: que Dilan Cruz había contribuido a su propia muerte al devolver gases lacrimógenos lanzados por los uniformados. Para el Tribunal, esa conducta no justificaba el uso de un arma potencialmente letal. El mensaje de la sentencia es claro: incluso frente a manifestantes que puedan incurrir en actos de confrontación, la fuerza pública está sometida a estrictos límites constitucionales y no puede responder con medidas desproporcionadas - Foto: Archivo/Ronald Cano

a decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca de declarar responsable a la Policía Nacional por la muerte de Dilan Cruz representa uno de los pronunciamientos judiciales más contundentes sobre el uso de la fuerza durante las protestas del paro nacional de 2019. Más allá de la indemnización ordenada a la familia, la sentencia cuestiona la actuación institucional del entonces Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) y revive el debate sobre los límites de la intervención policial en manifestaciones públicas.

El fallo concluyó que la Policía incurrió en una falla del servicio al emplear de manera desproporcionada una escopeta de impacto cinético contra un manifestante. Para los magistrados, la respuesta de la fuerza pública desconoció los principios de necesidad, proporcionalidad y racionalidad que deben orientar cualquier actuación policial, incluso en escenarios de alteración del orden público.

Uno de los elementos más relevantes de la decisión es que el Tribunal no limitó la responsabilidad a la conducta individual del entonces capitán Manuel Cubillos. La sentencia cuestionó la manera en que la propia institución clasificó el arma utilizada como de “menor letalidad”, advirtiendo que esa denominación no elimina su capacidad de causar lesiones fatales ni exonera a la Policía de evaluar cuidadosamente cuándo y cómo debe emplearse.

La Sala también rechazó uno de los argumentos utilizados por la defensa institucional: que Dilan Cruz había contribuido a su propia muerte al devolver gases lacrimógenos lanzados por los uniformados. Para el Tribunal, esa conducta no justificaba el uso de un arma potencialmente letal. El mensaje de la sentencia es claro: incluso frente a manifestantes que puedan incurrir en actos de confrontación, la fuerza pública está sometida a estrictos límites constitucionales y no puede responder con medidas desproporcionadas.

Aunque el fallo pertenece a la jurisdicción contencioso-administrativa y no define la responsabilidad penal de los uniformados involucrados, sí constituye un reconocimiento judicial de que la actuación de la Policía vulneró derechos fundamentales, entre ellos el derecho a la vida y el derecho a la protesta. Además, ordenó un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas dirigido a la familia del joven.

La decisión cobra una dimensión política especial por el momento en que se produce. El gobierno electo de Abelardo de la Espriella ha manifestado su intención de fortalecer nuevamente las capacidades antidisturbios de la Policía y revertir la transformación del ESMAD en la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO), impulsada durante la administración de Gustavo Petro. Para el nuevo Ejecutivo, el modelo actual debilitó la capacidad institucional para responder a disturbios y bloqueos.

Sin embargo, el caso de Dilan Cruz constituye uno de los principales argumentos de quienes se oponen a un regreso del antiguo ESMAD. Organizaciones de derechos humanos sostienen que la muerte del estudiante no fue un hecho aislado, sino uno de los episodios más emblemáticos de las denuncias por brutalidad policial registradas durante las protestas sociales de los últimos años. A su juicio, la discusión no debería centrarse únicamente en recuperar una unidad antidisturbios, sino en revisar profundamente sus protocolos, mecanismos de supervisión y rendición de cuentas.

La sentencia del Tribunal fortalece esa postura al trasladar el debate desde la responsabilidad individual hacia una dimensión institucional. Al cuestionar el entrenamiento, la clasificación de las armas y la proporcionalidad de la respuesta policial, el fallo sugiere que los problemas no se limitaron a una decisión tomada por un solo uniformado, sino que también estuvieron relacionados con la forma en que la institución concebía y ejecutaba el control de manifestaciones.

El desafío para el nuevo gobierno será precisamente ese. Si decide restablecer el ESMAD o fortalecer nuevamente una unidad antidisturbios con características similares, tendrá que demostrar que las lecciones derivadas del caso Dilan Cruz fueron incorporadas en los protocolos operativos. De lo contrario, cualquier intento por recuperar ese modelo enfrentará no solo una fuerte resistencia política y social, sino también el precedente de una decisión judicial que concluyó que el uso de la fuerza en aquel operativo fue desproporcionado y contrario a los estándares constitucionales y de derechos humanos.

En ese contexto, la muerte de Dilan Cruz trasciende el caso de una víctima individual para convertirse en un símbolo del debate sobre el modelo de seguridad que debe adoptar el Estado colombiano. La condena contra la Policía recuerda que la protección del orden público no puede desligarse del respeto por la vida, la integridad y el derecho a la protesta. Mientras el nuevo gobierno plantea devolver protagonismo al antiguo ESMAD, la justicia ha dejado claro que cualquier política de control de disturbios deberá estar sometida a controles mucho más estrictos para evitar que hechos como el ocurrido en noviembre de 2019 vuelvan a repetirse.

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