El jurado de un tribunal federal de Miami declaró no responsable civilmente al general retirado Luis Alfonso Plazas Vega por la tortura y muerte del magistrado auxiliar del Consejo de Estado Carlos Horacio Urán, en un proceso promovido por tres de sus hijas. La decisión, conocida el 17 de septiembre, puso fin a un juicio que comenzó el 8 de septiembre y que llevó a Estados Unidos una controversia judicial que permanece abierta desde la toma y retoma del Palacio de Justicia, en noviembre de 1985.
Helena, Xiomara y Mairée Urán Bidegain presentaron la demanda en 2022 contra Plazas Vega, quien para entonces residía en Florida. El proceso buscaba establecer su responsabilidad civil individual por los hechos relacionados con la muerte del magistrado, quien salió con vida del Palacio y posteriormente fue encontrado muerto dentro de las ruinas del edificio.
La demanda fue presentada bajo la Ley de Protección a las Víctimas de Tortura de Estados Unidos, conocida como TVPA, un mecanismo que permite llevar ante tribunales estadounidenses reclamaciones civiles por determinados actos de tortura y ejecuciones extrajudiciales cometidos fuera de ese país. La representación de las hermanas estuvo a cargo del Center for Justice and Accountability, organización especializada en litigios relacionados con graves violaciones de derechos humanos.
El proceso, por tanto, no era un nuevo juicio penal contra Plazas Vega. Tampoco se trataba de revisar directamente la decisión que la Corte Suprema de Justicia de Colombia adoptó en 2015. Lo que el jurado debía establecer era si las pruebas permitían atribuirle responsabilidad civil individual por los hechos relacionados con Urán.
La acusación presentada por las hijas sostenía que Plazas Vega, entonces comandante de la Escuela de Caballería, tuvo responsabilidad en una estructura militar que habría permitido la tortura y posterior ejecución del magistrado. La familia llevó al proceso elementos destinados a demostrar que Urán salió vivo del Palacio y quedó bajo custodia de integrantes de la Fuerza Pública.
Entre las pruebas mencionadas durante el juicio estuvo un video en el que Urán aparece saliendo con vida del Palacio de Justicia y siendo conducido por militares. También fueron presentados elementos relacionados con su billetera, que tenía una perforación de bala y que, según la familia, fue encontrada posteriormente en instalaciones militares.
Otro de los elementos expuestos fue una lista que, según las demandantes, tenía una contrafirma atribuida a Plazas Vega y en la que Urán aparecía registrado como “guerrillero dado de baja en combate”. La existencia y significado de esas pruebas formaron parte de la discusión desarrollada ante el jurado.
Después de aproximadamente una semana de audiencias, testimonios, presentación de expertos y contrainterrogatorios, los diez integrantes del jurado deliberaron durante unas horas antes de emitir un veredicto unánime favorable a Plazas Vega. La decisión estableció que el exoficial no era civilmente responsable de la tortura y muerte que las demandantes le atribuían.
Para las hijas de Urán, sin embargo, el resultado no equivale a considerar que las circunstancias de la muerte de su padre hayan quedado esclarecidas definitivamente. Helena Urán manifestó que están decepcionadas con la decisión, pero también confirmó que continúan buscando alternativas jurídicas.
La principal posibilidad que actualmente estudian es apelar el fallo. Helena Urán señaló públicamente que las hermanas están evaluando esa opción, por lo que todavía no existe una decisión anunciada sobre la presentación efectiva de un recurso.
Una eventual apelación tendría que desarrollarse dentro del sistema judicial federal estadounidense y estaría sujeta a las reglas procesales de ese país. No supondría simplemente repetir el juicio ante otro jurado, sino cuestionar jurídicamente aspectos de la decisión adoptada en primera instancia.
La estrategia que adopten las hermanas dependerá, entre otros factores, de la evaluación que hagan sus abogados sobre el desarrollo del juicio, las instrucciones impartidas al jurado, la valoración de las pruebas y los fundamentos concretos del veredicto. Por el momento, las declaraciones públicas de Helena Urán solo confirman que esa posibilidad está siendo estudiada.
El resultado de Miami tampoco modifica automáticamente los procesos o decisiones judiciales que se han producido en Colombia durante las últimas cuatro décadas. Cada expediente tiene un objeto, unos hechos y unos estándares jurídicos diferentes.
Esa distinción es particularmente importante porque Plazas Vega ya había sido procesado en Colombia por otros hechos relacionados con la retoma del Palacio de Justicia. En diciembre de 2015, la Corte Suprema de Justicia revocó una condena de 30 años y lo absolvió por la desaparición forzada de Carlos Augusto Rodríguez Vera e Irma Franco Pineda.
La propia Corte Suprema precisó entonces que su decisión se refería específicamente a esas dos desapariciones y que no constituía un pronunciamiento general sobre toda la operación militar de recuperación del Palacio de Justicia ni sobre todos los hechos ocurridos durante la retoma. También señaló que las decisiones de tribunales internacionales que habían establecido responsabilidad del Estado colombiano no equivalían a una declaración de responsabilidad penal individual contra Plazas Vega.
El proceso de Miami tenía, por ello, una diferencia fundamental: estaba centrado en Carlos Horacio Urán y en la eventual responsabilidad civil individual de Plazas Vega por tortura y ejecución extrajudicial. No buscaba resolver judicialmente todas las responsabilidades derivadas de la toma y retoma del Palacio.
La muerte de Urán constituye uno de los episodios más controvertidos de aquellos acontecimientos. Durante años se sostuvo que el magistrado había muerto dentro del Palacio como consecuencia del fuego cruzado. Posteriormente aparecieron pruebas y testimonios que mostraron que había salido con vida del edificio y estaba bajo custodia militar.
Ese cambio en la reconstrucción de los hechos fue precisamente uno de los elementos centrales de la demanda presentada en Estados Unidos. Las hijas buscaban que un tribunal estableciera la responsabilidad individual de Plazas Vega, una pretensión que finalmente no fue acogida por el jurado.
El fallo también tiene una dimensión política en Colombia. Antes de que terminara el juicio, el presidente Abelardo de la Espriella había pedido al canciller Omar Bula y a la embajadora colombiana en Estados Unidos, María Consuelo Araújo, evaluar la situación de Plazas Vega y determinar el eventual acompañamiento del Estado. El mandatario sostuvo que el exmilitar debía recibir respaldo frente al litigio.
Después del veredicto, De la Espriella volvió a respaldar públicamente a Plazas Vega y calificó la decisión como un acto de justicia. Esa posición contrasta con la de la familia Urán, que considera que el resultado del juicio no resuelve las preguntas que durante décadas han rodeado la muerte del magistrado.
La controversia también quedó reflejada en las declaraciones posteriores de Plazas Vega. El general retirado sostuvo que la decisión estadounidense confirmó su posición sobre los hechos y atribuyó la muerte de Urán al M-19. También afirmó que los procesos judiciales que ha enfrentado por estos acontecimientos están, a su juicio, resueltos.
Las hijas del magistrado, en cambio, no han anunciado que abandonarán la búsqueda judicial. Helena Urán ha insistido en que el veredicto de Miami no significa que hayan dejado de buscar justicia y que la familia analizará qué hacer después de esta decisión.
El siguiente paso dependerá, por tanto, de la evaluación jurídica que hagan las tres hermanas y sus abogados. Una eventual apelación permitiría intentar cuestionar la decisión ante una instancia superior, aunque su resultado no puede anticiparse y dependerá de los argumentos que sean presentados y de las reglas del sistema federal estadounidense.
Mientras tanto, el fallo deja una situación jurídicamente específica: un jurado estadounidense determinó que no se acreditó la responsabilidad civil individual de Plazas Vega en el caso llevado por las hijas de Urán. Eso no equivale a una declaración general sobre todos los hechos del Palacio de Justicia, ni modifica por sí mismo las decisiones adoptadas anteriormente por la justicia colombiana.
Cuarenta y un años después de la toma y retoma del Palacio de Justicia, el caso Urán continúa así atravesado por tres planos distintos: las investigaciones y decisiones judiciales colombianas, las responsabilidades internacionales atribuidas al Estado y ahora el resultado de un proceso civil estadounidense. Las hijas del magistrado deberán decidir si el veredicto de Miami es el final de esta vía judicial o el punto de partida de una nueva etapa de litigio.






