La denominada Ley Jineth Bedoya Lima, también conocida como Ley de Atención Sin Revictimización, quedó aprobada por el Congreso y pasó a sanción presidencial después de superar su último debate en la plenaria del Senado el 16 de junio de 2026. El proyecto corresponde al 352 de 2026 del Senado y 193 de 2024 de la Cámara.
El propósito central de la iniciativa es combatir la revictimización institucional, es decir, aquellas situaciones en las que una mujer que ya sufrió una violencia vuelve a experimentar daños, cuestionamientos, prejuicios o tratos inadecuados cuando acude ante las instituciones que deberían protegerla.
La herramienta principal que establece la norma es la capacitación obligatoria, permanente, periódica y evaluable en materia de violencias contra las mujeres y enfoque de género. La obligación no queda limitada a una capacitación inicial, sino que busca que el conocimiento pueda ser evaluado y actualizado.
El alcance es amplio. La obligación cobija a servidores públicos, contratistas y particulares que ejerzan funciones públicas cuando estén vinculados con entidades que intervienen en la prevención, atención, protección, investigación o sanción de las violencias contra las mujeres.
Eso significa que la medida no está dirigida exclusivamente a jueces o fiscales. La formación puede involucrar a funcionarios y trabajadores que tengan contacto con las víctimas en diferentes ámbitos de la administración pública, incluidos sectores como salud, justicia, seguridad y entidades territoriales.
La finalidad es que las instituciones puedan identificar adecuadamente las diferentes formas de violencia contra las mujeres y responder desde un enfoque de derechos y de género, evitando que prejuicios o desconocimiento terminen afectando nuevamente a quien busca protección.
Uno de los problemas que la iniciativa busca enfrentar es que las víctimas tengan que repetir reiteradamente sus experiencias traumáticas ante diferentes funcionarios o instituciones. El caso que dio origen al nombre de la ley se convirtió precisamente en un ejemplo de ese tipo de revictimización.
La ley lleva el nombre de la periodista Jineth Bedoya Lima, quien fue secuestrada, torturada y víctima de violencia sexual el 25 de mayo de 2000, cuando adelantaba una investigación periodística relacionada con hechos ocurridos en la cárcel La Modelo de Bogotá.
Después de esos hechos, Bedoya tuvo que acudir durante años a diferentes instancias para buscar justicia. El caso llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en 2021 declaró la responsabilidad internacional del Estado colombiano por las violaciones sufridas por la periodista.
La decisión de la Corte IDH incluyó medidas de reparación y de no repetición. Entre ellas se estableció la creación de un plan de capacitación y sensibilización dirigido a funcionarios públicos, integrantes de las fuerzas de seguridad y operadores de justicia para que pudieran identificar las violencias basadas en género contra mujeres periodistas y actuar adecuadamente.
La iniciativa legislativa busca convertir ese compromiso internacional en una obligación permanente dentro del ordenamiento colombiano. Por eso, sus promotores la presentan no solamente como un reconocimiento a Bedoya, sino como una herramienta para modificar la manera en que el Estado atiende a las víctimas.
El proyecto fue radicado en agosto de 2024 y tuvo como una de sus impulsoras en la Cámara a la representante Catherine Juvinao. En el Senado, las congresistas Norma Hurtado y Nadia Blel participaron en su impulso y trámite.
En abril de 2026, la Comisión Séptima del Senado aprobó el proyecto en tercer debate. En esa discusión se destacó que la capacitación debía ser obligatoria, periódica y evaluable, y que la iniciativa pretendía atacar las fallas institucionales que pueden conducir a una nueva victimización.
El último debate se produjo el 16 de junio. La plenaria del Senado aprobó el proyecto con 52 votos a favor y uno en contra, dejando la iniciativa lista para ser enviada a sanción presidencial.
Pero el trámite no estuvo exento de controversia. La senadora liberal Karina Espinosa fue la única congresista que votó negativamente en el último debate y presentó ocho proposiciones para modificar el texto. Sus reparos estuvieron relacionados, entre otros asuntos, con lo que consideraba la incorporación de una agenda de “ideología de género”.
Las proposiciones de Espinosa finalmente no fueron sometidas a votación. El Senado optó por aprobar el texto que ya había sido avalado por la Cámara, entre otras razones para evitar que modificaciones obligaran a una conciliación y pusieran en riesgo el proyecto por el cierre de la legislatura.
La oposición generó una fuerte reacción de la propia Jineth Bedoya durante la sesión. La periodista señaló que llevaba décadas enfrentando revictimización y cuestionó que, incluso durante la discusión de una ley destinada precisamente a combatirla, hubiera tenido que enfrentar nuevamente cuestionamientos.
Desde los sectores que respaldaron la iniciativa, la discusión fue presentada de manera diferente. Sus promotores sostuvieron que no se trataba de imponer una determinada visión política, sino de profesionalizar la atención estatal y garantizar que quienes reciben denuncias o intervienen en estos casos conozcan las obligaciones relacionadas con los derechos de las mujeres.
La discusión también dejó una tensión política de fondo: mientras sus defensores consideran que la capacitación con enfoque de género es una herramienta indispensable para evitar la violencia institucional, sus críticos cuestionan el alcance de ese enfoque y advierten sobre el contenido ideológico que, a su juicio, podría incorporarse en la formación de funcionarios. Esa diferencia quedó reflejada en el voto negativo y las proposiciones presentadas durante el debate.
Con la aprobación del Congreso, el siguiente paso es la sanción presidencial. Si el Ejecutivo firma y promulga la iniciativa, las obligaciones establecidas por la norma entrarán a formar parte del marco jurídico colombiano y el Estado tendrá que desarrollar los mecanismos necesarios para implementar la capacitación y evaluación previstas.
En términos prácticos, la Ley Jineth Bedoya busca que una mujer que acude ante el Estado después de sufrir violencia encuentre funcionarios preparados para atenderla y no una nueva fuente de daño. Su importancia estará, por tanto, no solo en la aprobación de la norma, sino en cómo las entidades públicas implementen, evalúen y hagan efectiva esa formación.





